Superintendencia equivocada

Mauricio Cabrera Galvis

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) tiene un papel muy importante para el buen funcionamiento de los mercados, pues es la encargada de la protección de los consumidores y de controlar las prácticas restrictivas de la libre competencia. Requisito indispensable para su misión es la credibilidad, pues si sanciona supuestos carteles y luego tiene que retractarse nadie le volverá a creer, como al pastorcito mentiroso. Eso es lo que le puede pasar con las confiscatorias sanciones impuestas a los productores de azúcar y su gremio, donde cometió varias y graves equivocaciones.

Primero, se equivoca la SIC porque en este caso no está actuando en defensa de los consumidores, pues lo que hay es una “pelea de ricos” entre dos oligopolios. Los demandantes no son las señoras que compran azúcar en el mercado sino empresas del tamaño de Coca Cola, Bimbo, Nacional de Chocolates o Noel, que además declararon en la investigación que si bajaba el precio del azúcar no trasladarían ese beneficio a los consumidores bajando el precio de sus productos. No es función de la SIC ser árbitro de estas peleas, ni mucho menos tomar abierto partido por uno de los bandos con claras connotaciones regionales.

Segundo, se equivoca la SIC porque tampoco se trata de defender la competitividad de las exportaciones de productos que utilicen azúcar. Muchos de estos exportadores tienen convenios con los ingenios que les venden el azúcar para esos productos a los mismos precios internacionales.

Tercero, se equivoca la SIC porque no puede convertir su desacuerdo con las políticas del Estado en onerosas multas a los beneficiarios de esas políticas. Los ingenios si actúan como un cartel que regula los precios internos y maneja cuotas de exportación, pero lo hacen en el seno de una entidad (el Fondo de Estabilización de Precios del Azúcar o Fepa) creada por la Ley para proteger el sector de los enormes subsidios y distorsiones que tiene el mercado internacional del azúcar. Además el Fepa lo presiden los ministros de Agricultura y de Comercio e Industria. Con evidente frustración la SIC reconoce que no puede sancionar a los ingenios por sus actuaciones en el Fepa, y “ordena” al Gobierno que en seis meses lo revise y modifique. Son válidas estas diferencias de posturas entre entidades oficiales, pero se deben zanjar al interior del Gobierno y no en resoluciones sancionatorias.

Cuarto, se equivoca la SIC porque el monto de las multas es totalmente desproporcionado y, en el caso de las empresas, no guarda relación con ninguno de los siete criterios que establece el artículo 25 de la Ley 1340 de 1990 para graduar las multas.

macabrera99@hotmail.com

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