Armero, 36 años de ausencia

Carmen Inés Cruz Betancourt

Noviembre 13 de 1985, fecha luctuosa cuando la erupción del Cráter Arenas del Volcán Nevado del Ruiz causó la gran catástrofe que arrasó la ciudad de Armero y sepultó bajo el lodo a más de 22 mil de sus habitantes.
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El dolor no pasa y los recuerdos continúan torturando a quienes no entendemos por qué no se atendieron las alertas hechas por múltiples personas y entidades, que inclusive llegaron a las más altas esferas del gobierno regional y nacional. La pérdida de familias enteras, de bienes, de niños que se dice fueron entregados a adoptantes sin autorización de sus familias, son tormentos que se reviven en esta fecha. Los armeritas conservan los recuerdos y también los reclamos porque poco se ha cumplido de lo prometido para honrar la memoria de Armero y para mitigar sus penurias.

En particular la llamada “Ley de Honores a Armero”, Ley 1632 del 28 de mayo 2013, que establece en su “Artículo 1º, OBJETO: … “rescatar y afianzar la memoria y la identidad histórica y cultural de la desaparecida Ciudad de Armero y la proyección de su legado al mundo”. Su intención de aportar a la recuperación de la zona, de sus habitantes y sobrevivientes desplazados como consecuencia de la tragedia es loable y generó gran expectativa.  Pero, con ésta, igual que con muchas otras, se repite aquello de que en este “país de leyes” donde se tiende a creer que casi todo problema se resuelve con una ley, una vez se suscribe y se publica, tal parece que no sigue el mandato de: “cúmplase”, sino olvídese. Ello, a pesar de que diversos grupos de armeritas y aliados han gestionado para avanzar en su cumplimiento.

Transcurridos 13 años desde su suscripción, una dimensión de dicha Ley que mantiene especial pertinencia en circunstancias en que el país y la región buscan estimular el  turismo como estrategia para dinamizar la economía y generar ingresos a las comunidades, se encuentra en el “Capítulo VI: Conservación, restauración, mantenimiento y protección de las Ruinas de la desaparecida Ciudad de Armero” que, como se ha dicho, puede constituir un gran atractivo para el “turismo religioso”. Esto teniendo en cuenta que fue declarado Campo Santo por su Santidad el Papa Juan Pablo II y, además, allí se encuentra una Cruz monumental alrededor de la cual se reunió una gran multitud con ocasión de la visita del Pontífice en julio de 1986; también la tumba de Omaira Sánchez, la niña de 13 años reconocida en el imaginario colectivo como una mártir que padeció con enorme estoicismo tres días semisepultada bajo el lodo y escombros que no pudieron ser removidos, y a quien se atribuyen numerosos milagros y por ello piden su beatificación. Además, las ruinas de Armero son un escenario que ofrece posibilidades para estudios de diversa índole, desde aquellos de tipo geológico y ambiental, así como de orden psicosocial, económico y político. Es entonces un lugar de singular importancia, hace parte del norte del Tolima que incluye poblaciones como Ambalema, Mariquita y Honda, con reconocido potencial turístico, que requieren un trabajo intenso y articulado para lograr que ese potencial se materialice en escenarios que atraigan visitantes y, en el caso de la Ruinas de Armero, cumplan el compromiso de rendirle honores y reivindicar algo de las dolorosas pérdidas que dejó la catástrofe.

El cumplimiento de la Ley referida, exige por sobre todo, voluntad política y gestión intensa y persistente de la comunidad directamente afectada, y muy especialmente de gobernador, alcaldes y congresistas, que deben afirmar su compromiso más allá de los discursos de campaña. A esta gestión se deben sumar los Gremios Económicos, porque la deuda con Armero y los armeritas es grande, y la recuperación en los términos que indica la Ley puede representar importantes oportunidades para el norte del Tolima.

CARMEN INÉS CRUZ

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