Cuentan en la 12: Sorpresas constitucionales

Me cogió la noche para pulir mi programa de gobierno y registrarlo en una notaría y me he dado a la tarea de solicitarle contribución a los amigos duchos en ciertos temas, sobre todo a unos que estudian de noche Derecho.

Lo primero que me recomendaron fue leerme de cabo a rabo la Constitución con todas las reformas producidas en los últimos 20 años y particularmente en los últimos ocho. Por consiguiente y como bien lo saben ustedes soy jubilado, como otros candidatos, y me queda gran cantidad de tiempo, entonces tomé a pecho las recomendaciones y me volví asiduo consultor de la Carta Magna.

Ahí comenzaron las contradicciones, pues fui a consultar algún hallazgo con uno de mis amigos del Palacio de Justicia y pese a lo que reza el artículo 19 del Título II, encontré que las instalaciones del Estado, que están habitadas por los supuestos defensores de la Constitución, están ocupadas por símbolos y figuras de una particular fe religiosa y cuando traté de llegar a la oficina de mi amigo me topé con que los pasillos estaban obstruidos por funcionarios públicos en trance de rezos y cantos religiosos, cuando para ese menester están templos y sitios de culto.

Me cuentan que en la Procuraduría General en Bogotá, el asunto es aun más complicado, pues un piso de oficinas fue dedicado al culto de una particular iglesia. Y hablando de este último tema, no se me puede escapar que la misma cabeza del Ministerio Público que tan estricto es en la imposición de sus creencias religiosas y que practica ritos antiguos y descontinuados, como los establecidos por monseñor Lefevre, no tiene ningún empacho en participar en foros y conferencias contra la corrupción, en auditorios que llevan el nombre de un sujeto excluido del Congreso, expulsado de su partido e inculpado y llamado a juicio por su participación en una horrenda masacre y cuya progenie fue capturada en  flagrancia por contrabando de estupefacientes; allí sus creencias religiosas no parecen operar.

Como quedé confundido, me pasé a otro capítulo, el V, y ahí sí que quedé patidifuso, pues habla de la función pública y establece que no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas y me pregunto que hacen encargados de cultura del departamento y el municipio.

Mejor me voy para mi puesto en la 12 a ver si alguien me ayuda a aclarar mis ideas.

Credito
CHOLAGOGUE

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