El derecho a la réplica

Columnista Invitado

Ahora que estamos frente a un nuevo debate electoral, estrenando el Derecho de Réplica consagrado en la reciente Ley 1909 del 9 de julio de 2018 “Por medio de la cual se adoptan el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las Organizaciones Políticas Independientes”, que se coloca en práctica, después de casi tres décadas de promulgada nuestra Constitución Política de 1991, se debe buscar que sus principios e Instituciones puedan atender la solución de los problemas reales de descomposición social, inseguridad y desigualdades que alejan cada vez más a Colombia de una verdadera vida democrática.

Siempre se habla de la crisis institucional, de la desinstitucionalización, del país descuadernado, proceso de reajuste institucional, pues la Institución es lo permanente en la sociedad, lo que vive fuera del individuo y rebasa su existencia, uniendo el ayer con el hoy, de ahí que el hombre al nacer, encuentra una serie de instituciones que se han formado, mucho antes que él y tiene que acatar y obedecer.

Las Instituciones en su calidad de objetivas y normativas, se caracterizan por su permanencia y su aceptación social; por eso se ha dicho que los “hombres pasan, las instituciones quedan”. Si a la búsqueda permanente de la Paz, la Reconciliación, el Perdón; todos sabemos que el problema de la Paz también es un problema económico, que está directamente adherido al desarrollo social, la justicia social, que busca la equidad y la satisfacción de las necesidades básicas de los seres humanos. No a la Violencia, que tanto daño le ha hecho a nuestra democracia, a su tejido humano, social y colectivo.

La protección del Estado a los derechos humanos debe abarcar todos los derechos civiles y políticos, como los económicos, sociales y culturales, considerando además como interdependientes el derecho del individuo y el de los grupos y comunidades. De igual manera el Estado hace suyo el principio de que la libre determinación y la Soberanía son condiciones esenciales para el pleno ejercicio del derecho de un ciudadano.

Todo ciudadano tiene el derecho y el deber de participar con su Voto Secreto y directo en la escogencia y selección de sus respectivas autoridades locales, regionales, nacionales y candidatos a cargos de elección popular y en los plebiscitos, referéndum, consultas populares y otros mecanismos de participación ciudadana que para el efecto sean convocados, para que como seres humanos alcancemos nuestra realización individual, colectiva y seamos protagonitas del desarrollo sostenible y sustentable como conscientes de la vida social, cultural, económica, ambiental y política.

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