¿Coherencia o incoherencia?

Columnista Invitado

Todos tenemos derecho al trabajo, más en un país como el nuestro que tenerlo es un privilegio. Lo que es difícil de entender es que en nuestro medio haya personas que tienen más de un contrato de prestación de servicios con entidades del Estado. Esto no es coherente dado que es el Estado el que tiene la responsabilidad de garantizar que todo colombiano en condiciones de trabajar pueda hacerlo y de esta forma pueda percibir al menos un ingreso que le permita satisfacer las necesidades básicas que todo ser humano tiene.
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Si bien es cierto que en Colombia no existe norma que limite la celebración de contratos de prestación de servicios a una misma persona natural durante un mismo lapso o que las inhabilite para suscribir más de un contrato de prestación de servicios según lo expresado por el Consejo de Estado y lo establecido en la Ley 80 de 1993, también es cierto que no es nada equitativo que una persona tenga más de un contrato de prestación de servicios en un país cuyo índice de desempleo promedio es de 11.8%.

Esta práctica en nada contribuye a disminuir el desempleo y mucho menos la pobreza, todo lo contrario, lo incrementa dejando a muchos colombianos que con mucho sacrificio se formaron sin la opción de una vinculación laboral y, por ende, sin un ingreso per cápita, es decir, condenados a aguantar hambre. 

De otra parte, no es posible que sean los líderes políticos los que promuevan y patrocinen este tipo de hechos, acaso no fueron ellos los que prometieron formular proyectos conducentes a disminuir el desempleo, promover el desarrollo de las regiones a partir de generar opciones laborales que faciliten un ingreso per cápita decente a la población tolimense, de tal manera que se dinamice el consumo, se reactive la economía y por ende se mejore su bienestar.

Tampoco es entendible que la mayoría de esos contratos de prestación de servicios sean del nivel operativo y administrativo, es decir, son contratos cuyos compromisos contractuales requieren una buena dedicación de tiempo para cumplir con los mismos. Las preguntas que aparecen son: ¿Cómo una persona con dos y tres contratos de prestación de servicios logra cumplir con sus compromisos contractuales? ¿Será que son las instituciones del Estado las que están siendo sacrificadas en cuanto a eficiencia, eficacia y productividad? ¿Será que son los usuarios de las instituciones del Estado los que están siendo abnegados al no ser atendidos a tiempo y en forma pertinente por la institución estatal?

Otra pregunta que obligatoriamente aparece es: ¿Cuál es la posición de los responsables de las instituciones del Estado donde este tipo de hechos se está dando? ¿Están gerenciando una institución del Estado o están cumpliendo órdenes de sus jefes políticos? ¿Qué papel están cumpliendo los supervisores de los contratos de dichos contratistas? ¿Están autorizando el pago de honorarios cuando el contratista no cumple con sus compromisos contractuales? ¿Cuál es la posición de los organismos de control frente a esta práctica?

Se entiende que quien se vincula a una institución del Estado se convierte en servidor público como tal, tienen la responsabilidad de prestar sus servicios en forma pertinente y oportuna de tal manera que la institución del Estado genere superávit social, en virtud de los servicios que presta con entera independencia y en beneficio de sus usuarios. Es decir, ser servidor público es servir al público y no a otros. Qué bueno que los responsables de las entidades donde se está dando esta práctica, actuaran y corrigieran este tipo de hechos.

 

FÉLIX RAMÓN TRIANA GAITÁN

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