El uso de la fuerza, un medio necesario y regulado

Comandante de la Metib

Solo cuando sea estrictamente necesario, los funcionarios la Policía Nacional puede emplear la fuerza; así lo establece la ley y reglamentos en relación a este aspecto primordial para el mantenimiento de la seguridad ciudadana por parte de la fuerza pública. Frente al particular, los policiales reciben estricta capacitación, con el fin de crear conciencia y evitar que los casos en los cuales se debe implementar debidamente la fuerza, se conviertan en vergonzosos episodios que afectan la dignidad de los ciudadanos y empañan el buen trabajo institucional con abusos y actuaciones improcedentes.

Si bien, son varios los casos a nivel nacional, donde se ven presuntamente transgredidos los derechos humanos con agresiones físicas, por extralimitaciones policiales, estos resultan de un concurso de aspectos, como la falta de tolerancia de una o las dos partes en cuestión.

De tal forma, la legalidad, la precaución (evitar daños innecesarios), la necesidad (agotar otros medios como la mediación y persuasión) y la proporcionalidad (moderación), deben ser aspectos directamente relacionados al actuar de los policiales, en medio de eventos propios del servicio que requieran el uso de la fuerza. Ejemplo de estos casos, la persona en alto grado de exaltación que intenta causar daño a otras y debe ser reducido, quien ha cometido un delito o está en contra de una orden policial, etc.

Frente a ello, el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, estipula que los policías podrán utilizar la fuerza: a) Para hacer cumplir decisiones y órdenes de jueces y demás autoridades; b) Para impedir la inminente o actual comisión de infracciones penales o de policía; c) Para asegurar la captura de quien debe ser conducido ante autoridad; d) Para vencer la resistencia del que se oponga a orden policial; e) Para evitar mayores peligros y perjuicios en caso de calamidad pública; f) Para defenderse o defender a otro de violencia actual e injusta contra la persona, su honor y sus bienes; g) Para proteger a las personas contra peligros inminentes y graves. No se puede olvidar, que los integrantes de la Policía Metropolitana de Ibagué, tienen como fin primordial el cumplimiento de las leyes, el respeto de los derechos y libertades públicas.

La naturaleza de la institución, genera que se rechacen todos los actos de abuso de autoridad y aquellos donde la fuerza es usada de manera desmedida, agrediendo tanto física, como verbalmente a quienes integran la sociedad, que se debe proteger. Por tal motivo, en aquellos hechos donde se use de forma indebida o que se colinde con el maltrato ciudadano y vulneración de su dignidad, se cuenta con personal profesional para recepcionar las denuncias a lugar, a través de las Oficinas de Atención al Ciudadano (OAC), donde se inician los procesos para aclarar cada evento y generar las medidas necesarias, en materia penal, administrativa y disciplinaria interna.

Estas oficinas, ubicadas en los Comandos de Estación en Ibagué y cada municipio de la jurisdicción, para un total de 11 diferentes puntos, son una herramienta más, adicional a las líneas 018000910600, 018000910112, página web www.policía.gov.co, e-mail metib.oac@policía.gov.co, y teléfonos 3504813179, 2617218 y 2708401.

Adicionalmente, el nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, sustentado en la ley 1.801 del 2016, blinda las actividades de los hombres y mujeres de la institución, contemplando la mediación como el eje cardinal para la resolución de conflictos. El diálogo y la búsqueda de soluciones pacíficas es uno de los fines esenciales de esta herramienta, que conlleva a crear cultura ciudadana y contrarrestar los comportamientos contrarios a la convivencia. Ahora bien, es el momento de reprochar esos casos, donde algunos ciudadanos por justificar actos delictuales y defender a aquellos que actúan de forma indebida, agreden a policiales en las denominadas “asonadas”, situación que cuenta con todo el reproche de las fuerzas vivas del estado, por atentar contra el respeto a la autoridad de policía; ante panoramas como este, en 2016 se capturaron 120 personas por violencia contra servidores públicos, y en lo corrido del año ya se suman 28 capturas. Solo así se logra una equidad social, cada vez más cerca de la convivencia pacífica deseada, ad portas de un escenario postconflicto, que permita mejorar la armonía en todos los niveles de la sociedad y sus instituciones.

DIOS Y PATRIA.

Comandante Metib

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