La tienda, el lugar perfecto para el mandado

Comandante de la Metib

Si algo caracteriza el entorno de una comunidad, es la típica tienda de barrio, aquel cálido lugar donde generalmente van los niños a realizar el mandado de los padres, sitio donde se adquiere ágil y oportunamente cualquier comestible y lo que permite el encuentro de los vecinos.

No obstante, para esta venta formal se deben tener en cuenta algunas normas de convivencia que permita mantener y/o aportar a la seguridad ciudadana.

En ese sentido, se señalan aspectos esenciales para que los propietarios y sus administradores los tengan presentes, entre estos, la venta de bebidas embriagantes, la cual hace referencia a que está permitido su comercio, más no el consumo en el establecimiento, ello con el propósito de evitar la aglomeración de personas en locales que no cuentan con la condiciones para este fin, indicando que algunos funcionan como tienda en el día y se transforman en bar por la noche, situación que va en contravía de las normas de ley y obviamente no se puede permitir; este tipo de controles se direccionan a contrarrestar las riñas que se derivan a lesiones personales generadas ante la intolerancia de algunas personas en estado de ebriedad.

Por otra parte, evitar la entrega de licor o cigarrillos a los niños, niñas y adolescentes -NNA que en algunos casos estarían haciendo “el mandado” a sus padres, pero contrario a ello, podría ser para su propio consumo ante la ausencia del adulto o su ingesta en otro lugar, escenario que se debe contrarrestar de inmediato, toda vez que se estaría presentando síntomas de consumo de bebidas embriagantes a temprana edad a razón de una ausencia de autoridad por parte de los progenitores, desconocimiento de algunos y caprichosamente por complicidad indirecta en algunos los lugares de venta, aduciendo confianza en el joven por hacer parte del entorno (cuadra de barrio) o por el único interés de la venta del producto.

Se destaca que no se puede confundir propiedad privada de los establecimientos con el espacio público, pero si debe cumplir con lo tipificado en el Código Nacional de Policía y Convivencia.

Entre tanto, es prudente señalar la precaución que deben tener algunos tenderos ante la compra de elementos muy posiblemente hurtados en la modalidad de “mecheros”, mediante la cual, personas dedicadas al delito, logran extraer al detal, elementos vendidos en almacenes de grandes superficie, para luego comercializarlos en las tiendas, situación que los convertiría en cómplices de la conducta, vinculándolos en una investigación judicial.

Vale la pena hacer una pequeña reflexión ante la evolución e importancia que siempre han tenido este tipo de locales en los sectores populares de las ciudades; por ello, se invita a generar una sana competencia, no con los precios, pero sí con un buen servicio, siempre listos para atender con calidez a las personas que allí se acercan, mantener siempre el local en perfecto estado de aseo e higiene, que los productos ofrecidos cuenten con las características de calidad y salud requeridos para el consumo y uso de los que allí acuden, máxime que aún la mayoría de artículos para la canasta familiar se adquieren en una tienda, fortaleciendo esa relación con los vecinos, generando confianza y seguridad en la cuadra, obviamente, cuando los propietarios están comprometidos en la sana convivencia y logrando consolidar el apoyo comunitario que tanto se requiere entre las personas que hacen parte de su entorno. 

DIOS Y PATRIA  

Comandante de la Metib

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