Lleno eres de Gracia

Guillermo Hinestrosa

De antemano me disculpo con mis amables lectores por volver sobre el tema de El Vergel, pero a veces es necesario soportar los argumentos; ser preciso y desvirtuar los comentarios que aparecen en las redes sociales, acusando de discriminación y clasismo a los vecinos del barrio. Nada más alejado de la realidad: ya expuse argumentos comerciales, financieros, de la mala calidad de las obras y la habitabilidad, ahora me corresponde presentar los argumentos jurídicos.
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Reitero que no tengo nada personal contra los promotores de Vergel 78. En el pasado tuve relaciones comerciales y de amistad con algunos de ellos, pero me opongo a su proyecto, porque tampoco se ajusta al marco reglamentario y legal. En Ibagué ha hecho carrera la falsa idea de que en materia urbanística no aplica la Constitución ni hay Ley que valga. Que en la tierra del tamal y la lechona no tienen competencia los organismos de supervisión y control, pues ya Luis H. dejó escrita la última palabra en su nefando POT, que volvió los curadores omnímodos y les dio licencia, como James Bond, para todo.

Recibí en mi Whatsapp, el pasado martes, el certificado de tradición y libertad del predio: tiene 3.369 metros cuadrados. Entonces recordé la canción infantil de los diez perritos que aprendí en el Liceo Val: “Yo tenía diez perritos… de los 3.369 M2 que yo tenía hay que restar la ronda hídrica de la quebrada El Arroyuelo: 800 M2 (una franja de 20 x 40 metros), … no me quedan sino 2.569,93 M2”. “De los siete que tenía… debo restar el aislamiento perimetral de 940 M2 (cuatro metros por todo el contorno de un lote de 90 x 37), no me quedan sino 1.629,93 M2”. Es de anotar que el plano que publicaron los constructores en las redes sociales se traga los aislamientos sobre el parque público y el proyecto Bijao.

Encontré también cinco (5) inscripciones de Servidumbres a favor del Ibal Esp. Transcribo apartes de la última: Anotación: No. 006 Fecha: 28-02-2001 Radicación: 2001-2984. Doc: Resolución Administrativa 00473 del 22-12-2000 Ibal de Ibagué Valor Acto: $9,728,800. Especificación: Limitación al dominio: 0334 Servidumbre de Acueducto Activa para la prestación del servicio domiciliario. La cabida superficiaria afectada es de 1.945.76 M.2. Limitación del dominio.

La Servidumbre Activa del Acueducto no es voluntaria, sino de carácter legal. El Ibal la pagó porque debe garantizar la prestación presente y futura del servicio domiciliario de acueducto. Derecho fundamental, de protección constitucional. Su beneficiaria es la comunidad de El Vergel, que padece racionamientos de hasta 10 horas diarias. Una limitación al derecho de dominio, de 1.945,76 metros cuadrados, sobre el predio, que nadie puede pasar por alto.

Pero hay más: el lote hace parte del Plan Parcial Palma, aprobado por el Decreto 0196 de 2005 de la Alcaldía de Ibagué. Los Planes Parciales son instrumentos que desarrollan los POT en áreas de expansión o específicas del suelo urbano. El Documento Técnico de Soporte, DTS, del Plan Parcial Palma, reglamenta una densidad media, en las Zonas Homogéneas, de 72,5 viviendas por hectárea. Si Vergel 78 cumpliera todos los requisitos (que no es así), Vergel 78 llenaría el cupo de seis hectáreas de residencias.  

En conclusión: no caben 500 parqueaderos y 408 barracas en obra gris. El Plan Parcial es obligatorio para Planeación Municipal, constructores y curadurías urbanas, incluida esa que donde aún hace lo que quiere l´ombre de la grace.  

GUILLERMO HINESTROSA

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