El acoso laboral
Como lo hemos expresado varias veces en esta columna, dos de los fundamentos primordiales de nuestro sistema jurídico -consagrados en el artículo 1 de la Constitución-, son el respeto a la dignidad de la persona humana y el trabajo. El artículo 5 de la Constitución declara que el Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona.