La nueva ley de ética médica

Pablo Isaza Nieto

Se ha presentado al Congreso de la república una nueva Ley de Ética Médica por parte del senador Juan Manuel Galán, ley que reemplazará, de ser aprobada, a la Ley 23 de 1981 promovida por los médicos tolimenses Alfonso Jaramillo Salazar quien fuera Ministro de Salud, padre del también médico cirujano cardiovascular Guillermo Alfonso Jaramillo y por el Dr. Camilo Casas Santofimio, ya fallecido.

La exposición de motivos de la ley hace mención al tiempo que ha pasado desde que se formuló la antigua ley y como en los transcurridos muchas cosas han cambiado. La medicina de hoy y su ejercicio no es la misma de antes. Sin embargo, sus principios básicos no han cambiado y la nueva ley se regirá por ellos.

“La medicina es una profesión que tiene como fin cuidar de la salud del hombre y propender por la prevención de las enfermedades, el perfeccionamiento de la especie humana y el mejoramiento de los patrones de vida de la colectividad, sin distingos de nacionalidad, ni de orden económico social, racial, político o religioso. El respeto por la vida y los fueros de la persona humana constituyen su esencia espiritual. Por consiguiente, el ejercicio de la medicina tiene implicaciones humanísticas que le son inherentes.

La relación médico paciente es elemento primordial en la práctica médica. Para que dicha relación tenga pleno éxito, debe fundarse en un compromiso responsable, leal y auténtico, el cual impone la más estricta reserva profesional.

Conforme con la tradición secular, el médico está obligado a trasmitir conocimientos al tiempo que ejerce la profesión, con miras a preservar la salud de las personas y de la comunidad. Cuando quiera que sea llamado a dirigir instituciones para la enseñanza de la medicina o a regentar cátedras en las mismas, se someterá a las normas legales y reglamentarias sobre la materia, así como a los dictados de la ciencia, a los principios pedagógicos y a la ética profesional. El médico, por la función social que implica el ejercicio de su profesión, está obligado a sujetar su conducta pública y privada a los más elevados preceptos de la moral universal”.

El artículo tercero dice que “el médico dispensará los beneficios de la medicina a toda persona que los necesite, sin más limitaciones que las expresamente señaladas en esta ley y en el artículo cuarto que la asistencia médica se fundamentará en la libre elección del médico, por parte del paciente. En el trabajo institucional se respetará en lo posible este derecho”.

La ley que se ha presentado está inspirada en los mejores principios de la ética médica universal y amparada por el juramento aprobado por la Convención de Ginebra de la Asociación Médica Mundial. Una vez leído todo su texto saltan toda clase de dudas de si será posible cumplir con todo su articulado si la medicina en Colombia está regida no por la ética médica, sino por principios comerciales que impiden a todas luces el sano ejercicio de la medicina.

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