La emergencia

José Gregorio Hernández

Quizá como nunca antes, está justificada la declaración del Estado de Emergencia previsto por el artículo 215 de la Constitución.
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La irrupción del virus Covid-19 en nuestro territorio constituye una verdadera calamidad pública y afecta de manera grave el orden público económico y social.

Así que la decisión adoptada por el presidente Iván Duque tiene pleno fundamento en los preceptos superiores y responde a una obligación básica de las autoridades: la de proteger a todas las personas residentes en Colombia en su vida, su integridad y su salud.

El Ejecutivo debe ser apoyado en esta materia. Todos estamos amenazados, y resulta imprescindible que todos aportemos, de buena voluntad, para superar las difíciles circunstancias que vive el país, como muchos otros, como consecuencia de la rápida expansión de la pandemia por la vía del contagio.

Desde luego, hubiéramos preferido que las medidas se adoptaran antes. El Gobierno esperó demasiado. Ha debido cerrar la frontera aérea de manera oportuna, y mucho se habría evitado, pues no cabe duda acerca de la puerta de entrada del virus: el aeropuerto Eldorado. Y era de esperar que nuestra administración hubiese aprendido algo de la experiencia vivida por países europeos, como Italia o España, en que la tardanza e irresponsabilidad oficiales desencadenaron una tragedia todavía vigente.

Aunque después fueron desautorizados mediante un decreto mal redactado y completamente alejado del objetivo en que ha debido ocuparse el Presidente, fueron los gobernadores y los alcaldes –en especial la burgomaestre de Bogotá, Claudia López- quienes tomaron las primeras decisiones con miras a la protección de la gente.

La cancelación de eventos que congregaban a muchas personas –con el inmenso peligro que ellos representaban-; la suspensión de clases presenciales en establecimientos educativos; las justificadas restricciones a los actos de culto religioso; los cierres y toques de queda en los municipios; el ensayo colectivo sobre aislamiento voluntario… fueron medidas muy útiles y sirvieron para que el Gobierno nacional tomara conciencia acerca de la necesidad de actuar con diligencia y rapidez.

No pudimos entender las razones de funcionarios como la Ministra del Interior, quien sostenía que lo indicado era esperar a que llegara el virus a un municipio para proceder a su cierre, o al toque de queda. Ni tampoco la negativa a establecer contacto con las autoridades venezolanas para luchar de común acuerdo y con mayor eficacia contra la extensión de la enfermedad en la frontera. Haciendo prevalecer la política sobre la urgencia, querían pactar los procedimientos de control sanitario con el señor Guaidó, que nada hace ni puede hacer a ese respecto.

Lo cierto es que ahora el Presidente y sus ministros tienen en las manos la herramienta constitucional con la que pueden actuar. Pero hay que advertirlo: los decretos legislativos que puede dictar deben guardar relación directa, exclusiva y específica con las causas de la perturbación, y estar dirigidos a sofocar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos.

Se trata de proteger a toda la población, respetando las normas constitucionales y evitando disposiciones tan negativas como la reciente –contenida en el decreto 444 de 2020- , que quita recursos a los municipios para trasladarlos a las instituciones financieras, en vez de exigir a los bancos su solidaridad y apoyo para los más necesitados.

JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO

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