La adopción por parte de las parejas del mismo sexo

César Tulio Laserna Ruiz

Este es el tema del momento y es muy complejo. Todos sabemos que la Corte Constitucional se ha pronunciado respecto de las parejas del mismo sexo, para reconocerles el derecho a la visita conyugal, a la pensión del sobreviviente, la calidad de compañeros permanentes y sobre la posibilidad de conformar una familia. Al respecto tengo para decir que estoy de acuerdo con la Honorable Corte Constitucional, la verdad es que todos tenemos claro que la homosexualidad es una realidad de la raza humana desde siempre y eso también ocurre entre los animales.

No es una enfermedad y sí es parte de lo que somos. Lo cual lleva a la necesidad de que se reconozca y se regule como algo que ocurre al interior de una sociedad organizada como Estado social y democrático de derecho. Estas personas tienen derecho a un trato justo y eso es lo que está haciendo la Corte. A lo anterior se agregan dos aspectos más polémicos: primero, lo que tiene que ver con la adopción de uno de los miembros de la pareja del hijo biológico del otro, esto ya tiene pronunciamiento favorable.

Segundo, la adopción de un hiño o niña por parte de los dos miembros de la pareja. Estos dos aspectos merecen un comentario especial, se trata de los derechos del niño o niña de uno de los dos y, más grave todavía, de un niño o niña que no tiene nada que ver con ninguno de ellos. Lo primero es algo que se debe regular, para que el Estado, por medio de sus agencias especializadas, le haga seguimiento y tome partida cuando se considere necesario respetando el debido proceso. A ese menor hay que protegerlo hasta su mayoría de edad.

Sobre lo segundo, de lo que quiero hablar, tengo para decir que ante la Corte hay dos puntos de vista, de un lado lo que dice la Universidad de la Sabana y el Señor Procurador, cada quien a su leal saber y entender, y del otro lado lo que dice el Instituto de Bienestar Familiar. Los primeros sostienen que el niño o la niña deben ser protegidos de semejante procedimiento, es decir no se debe permitir la adopción. Yo lo comparto. Los últimos dicen que no ven ningún inconveniente y se explican.

Los que estamos en contra de la adopción en comento, sostenemos que en una pareja gay no puede haber patrones de conducta heterosexual para los menores y que estos quedarían más expuestos al abuso por razones obvias. El derecho a ser adoptado está por encima de la posibilidad de adoptar, lo que importa no son las necesidades de los adultos que quieren adoptar, cualquiera que estos sean, son los derechos de los menores los que se deben tener en cuenta.

Todos podemos aspirar a que se nos entregue un menor en adopción, pero no todos lo podemos lograr, porque lo que cuenta es el bienestar del niño o niña. Cualquiera que tenga sentido común, que sepa lo que es ser padre y lo que es vivir en sociedad, sabe que tener padres del mismo sexo afecta al menor en el vecindario, el colegio, la iglesia, la universidad y en general en la totalidad del medio en el que el niño o niña se relacione.

Habría una posibilidad para considerar, cuando el menor que esta para ser entregado en adopción a estas parejas, igualmente sea homosexual, esto debidamente certificado por los psiquiatras del Instituto de Bienestar Familiar. Debe quedar eso sí la posibilidad de que el Instituto haga un seguimiento de rigor hasta que este menor llegue a la mayoría de edad.

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