Reglamentan… el asesinato

Mario García Isaza

“Reglamentan, por fin, la eutanasia” : éste era uno de los titulares del noticiero de Caracol en días pasados. Con tal información, se daba a conocer que el Ministerio de Salud había dictado la Resolución N° 971, en la cual se establecen condiciones para que los médicos y las instituciones de salud practiquen legal y obligatoriamente el homicidio, poniendo fin a la vida de alguien que padece enfermedad grave y pide que se ponga fin a su sufrimiento.
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Y hoy, El Tiempo, en columna editorial, le reclama al Congreso de la República, enrostrándole que “ha eludido su responsabilidad durante 24 años”, y exigiéndole que “cumpla su deber” de reglamentar la eutanasia. Y como siempre, en un lenguaje  calculadamente eufemístico, plagado de expresiones ambiguas, ejerce presión y constreñimiento sobre los legisladores para que pisoteen, una vez más, los imperativos de la ley natural, que es ley de Dios, y como tal está por encima de cualquier disposición de ley positiva. 

En la resolución ministerial citada, en el editorial que estoy glosando, y en muchos otros escritos y comentarios de los medios de comunicación, se sigue llevando adelante la tarea de confundir a los ingenuos, de ir inoculando errores disfrazados de verdad, y con ello minando los cimientos éticos en el pensamiento de los lectores u oyentes, siempre mediante el artilugio de no llamar las cosas por su nombre, de asignarles a  las peores aberraciones nombres que no despierten suspicacias ni expresen la realidad de lo que se pretende justificar. 

Ahora el suicidio y la eutanasia ya no son, como lo establece el CEC, ( números  2276 - 2283) actos contrarios a la ley natural y delitos gravemente contrarios a la naturaleza misma del ser racional y  al querer de Aquel que es el único dueño de la vida, sino que son “derechos” que hay que tutelar. 

Y de principios tan indiscutibles como éste: “el derecho fundamental a vivir en forma digna, tiene implícito el de morir con dignidad”, el editorialista de El Tiempo pretende sacar la sinuosa conclusión de que quien sufre, por ese mismo hecho, ha adquirido el “derecho” de exigir que otro interrumpa su vida, es decir, que otro lo mate; y que al hacerlo, ese otro, el médico o la institución sanitaria, no incurre en un homicidio criminal y punible, sino que realiza un acto de justicia y de piedad… Y ya el esperar la muerte rodeado del afecto y la ternura de los familiares y amigos, y recibir todas las ayudas que la medicina puede hoy brindar para aliviar el dolor, e incluso el encontrarle un sentido de trascendencia espiritual al sufrimiento, todo eso no es muerte digna… Y sí lo es, en cambio, claudicar ante el ataque de la enfermedad, y poner fin, por sí mismo o pidiendo la complicidad de otros, a la propia existencia. Bueno será recordar, - una y mil veces, aunque parezca majar en hierro frío – lo que la Iglesia nos enseña a los católicos sobre la eutanasia. Son múltiples los textos que están a nuestro alcance para beber esa doctrina. 

Baste el siguiente, diáfano como el que más, y que no deja resquicio de dudas. “Cualesquiera que sean los motivos y los medios, la eutanasia directa es moralmente inaceptable. Una acción o una omisión que, de suyo o en la intención, provoca la muerte para suprimir el dolor, constituye un homicidio gravemente contrario a la dignidad de la persona.”

MARIO GARCÍA I. CM

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