Ley 1257-1

El 5 de marzo, en lanzamiento de la campaña “El Tolima no hace trato con el maltrato”, liderada por las primeras damas de Tolima, Ibagué y demás municipios, hubo presencia de la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer-Acepm (no confundir con el combustible).

Resulta que el Presidente Santos queriendo alcanzar la Equidad de Género, nos incluyó en su Plan Nacional Desarrollo, por tanto, en el  articulito 117 promete: integrar las cuestiones de género en los programas sociales del Estado, hacer ejecutar la Ley 1257 de 2008 y cumplir los estándares internacionales de derechos humanos femeninos. Amanecerá y veremos

Por la Acepm vino Ángela María Pantoja, especialista en Derecho Constitucional. Explicó la Ley 1257 que, por primera vez, introduce como delito la violencia contra la mujer, además de otra varia legislación referente a nos féminas. La charla fue excelente, pero numerosas asistentes la hubieran querido más “desmenuzadita”. Entonces, sin ser versada en la materia, sólo como colaboración con mis congéneres y para yo misma entender, en lenguaje cotidiano, escribiré algunos artículos sobre la dichosa Ley, la cual todas debemos aprender de memoria.  


Primero que todo, nuestro contexto es desolador: Colombia es el segundo país más inequitativo de la región y ostenta lugar 55 entre 134 países del mundo porque le quedó grande disminuir la desigualdad entre sexos.


Quiere decir, que el 50.6 por ciento de población, o sea, 24 millones de colombianas, de la cuales 13 millones somos urbanas y el resto rurales, sufrimos inequidad de género.


Además, seis millones convertidas en madres cabeza de hogar, levantan a sus hijos sin pareja. Segundo que todo, los derechos femeninos son un acumulado de necesidades e intereses que durante muchos siglos no gozamos porque, hasta hace unos cuantos años, toleramos una execrable discriminación. Y, discriminación no es otra cosa que exclusión o prohibición con el objetivo de anular o menoscabar nuestro ejercicio de libertad política, económica, social, cultural, civil o en cualquier otro ámbito conocido.


Pero, si las colombianas, sin importar edad, etnia, orientación sexual, política o religiosa, procedencia rural o urbana o estrato socio económico, nos proponemos a conocer la Ley y hacerla cumplir, saldremos realmente del oscurantismo vivido, porque la Constitución Política nos garantiza los derechos y, Colombia no se puede “patraciar”, pues ha firmado Tratados y Convenios  Internacionales de Derechos Humanos, especialmente, sobre eliminación de toda forma de discriminación femenina, como también, la Convención Interamericana que previene, sanciona y erradica la violencia contra la mujer.


Entonces, muchachas, a estudiar la Ley 1257 que, entre otras, trata sobre nuestra participación en política y mercado laboral, desplazamiento, salud sexual y reproductiva, mecanismos de seguimiento e investigación, fortalecimiento institucional y garantía de derechos humanos integrales e interdependientes.

Credito
AMPARO MARGARITA MORALES FERIA

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