A propósito de la extradición de Arias

Rafael Nieto Loaiza

Arias fue extraditado a Colombia. El tratado entre Colombia y EE.UU. está vigente. Ocurre es que no es aplicable en Colombia, por cuenta de decisiones de la Suprema altamente cuestionables. Las extradiciones a EE.UU. se basan en el código de procedimiento penal.

La doble instancia es derecho consagrado en los tratados de derechos humanos. Todos los condenados en única instancia tienen derecho a ella. La Suprema viola los derechos de Arias cuando se la niega.

La no retroactividad de la ley es principio general de derecho. Ese principio se invierte en materia penal cuando la ley posterior es favorable. La ley penal es retroactiva en todo lo favorable a sindicados y reos. Si la Suprema no quiere reconocer la doble instancia como un derecho, al menos debería aplicar el principio de favorabilidad penal.

Al menos dos de los magistrados de la sala que condenó a Arias, Bustos y Malo, son bandidos del ‘Cartel de la Toga’. Una magistrada que firmó, Salazar, nunca estuvo en el juicio. No era un tribunal transparente.

Arias no se robó un peso. Así le tocó reconocerlo a esa sala. La condena a 17 años, sin duda excesiva, fue solo por celebración indebida de contratos y como coautor de peculado por apropiación a favor de terceros.

Dice la sentencia que el Ministerio de Agricultura debió haber hecho una licitación para ver quien adjudicaba los subsidios para la construcción de distritos de riego y no firmar un convenio con el IICA, organismo de la OEA, como hizo. Por eso condenó a Arias por “celebración indebida de contratos”. Ministros de Agricultura anteriores habían celebrado 132 convenios similares. Nunca esos ministros fueron acusados. El único fue Arias.

El otro delito, coautoría en peculado a favor de terceros. En la sentencia no se probó apropiación alguna por parte de Arias ni de terceros, ni se dice quiénes habrían sido los otros coautores.

AIS tuvo 382.611 beneficiarios. Hubo problemas con 14 de esos subsidios, todos ellos para construcción de distritos de riego, cuando grandes productores subdividieron los predios para beneficiarse de más subsidios. Todos quienes subdividieron llegaron a conciliaciones con el Estado y devolvieron la totalidad de los montos de los subsidios recibidos, indexados y con intereses. El Estado no perdió un solo peso.

Si Arias no cometió ningún delito, ¿por qué lo condenó la sala penal? Por motivos políticos. Esa Corte no era imparcial. Los magistrados sabían que Arias era el preferido de Uribe y actuaron para evitar que fuese presidente.

rafaelnietoloaiza@yahoo.com

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