La oposición, ¿se escribirá un nuevo capítulo en Colombia?

Jaime Eduardo Reyes

El próximo dos de enero de 2020 se inaugurará en Colombia el estatuto de la oposición en los municipios y departamentos. La decisión de los candidatos que quedaron de segundos en la carrera a las alcaldías y a las gobernaciones de ingresar a los concejos y asambleas anuncia una nueva dinámica en las corporaciones públicas territoriales y de éstas con los gobiernos municipales y departamentales.

El nuevo capítulo de la democracia regional se empezará a escribir en un contexto en donde lo común es la mermelada del gobierno a los concejales y diputados para que les aprueben sus proyectos y no les hagan oposición, la indisciplina de los elegidos frente a las decisiones de sus partidos y la desigualdad presupuestal entre partidos.

La oposición es un derecho político fundamental para las organizaciones políticas que desean hacer uso de la figura y se declaran en oposición al gobierno, se ejerce desde una postura crítica que implica la presentación de alternativas y propuestas al accionar del gobierno, se materializa el ejercicio de control político y fiscalización al interior de las corporaciones públicas (concejos municipales y asambleas departamentales) hacia los gobiernos locales (alcaldías y gobernaciones), y no es un sinónimo obligatorio de minoría política, es decir se puede tener una mayoría que haga oposición.

El Estatuto de la Oposición trata de un conjunto de garantías para las organizaciones políticas que declaren la oposición al Gobierno Departamental, Municipal o Distrital. Durante enero, y según los estatutos de cada partido, las organizaciones políticas podrán declararse independientes, organizaciones de gobierno, y en oposición, siendo de obligatorio cumplimiento para concejales y diputados.

La oposición política es un derecho fundamental autónomo que goza de especial protección por el Estado y las autoridades públicas. Permite proponer alternativas políticas, disentir, criticar, fiscalizar y ejercer libremente el control político a la gestión de gobierno. De otro lado se tendrán como de gobierno o en coalición de gobierno aquellas organizaciones políticas que inscribieron al candidato electo como gobernador o alcalde. Mientras dure el respectivo mandato no podrán acceder a los derechos de organizaciones políticas de oposición o independientes. Finalmente, la independencia política la expresan aquellas organizaciones políticas que no son parte del Gobierno ni de la oposición política.

Los beneficios de asumir la oposición política son la financiación adicional para el ejercicio de la oposición proporcionalmente para las organizaciones políticas declaradas en oposición al Gobierno, el acceso a medios de comunicación social del Estado, el acceso directo a información y documentación oficial, la participación y garantía del libre ejercicio de los derechos políticos en las mesas directivas de las corporaciones públicas de elección popular y la conformación de la agenda de éstas, realizar una sesión exclusiva para presentar posturas frente al informe de cumplimiento de metas del Plan de Desarrollo y ejecución del presupuesto de inversión, y, derecho de replicar, responder y controvertir declaraciones que sean susceptibles de afectarlas por tergiversaciones graves y evidentes.

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