Acerca de los derechos de los campesinos

Hugo Rincón González

Recorriendo las zonas rurales del departamento del Tolima y viendo las condiciones de pobreza y abandono en las que viven las familias que habitan este espacio, entiende uno la importancia de la adopción oficial de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales por parte del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, una población que ha soportado todo tipo de violaciones y que son estratégicos para garantizar la producción de alimentos y la soberanía alimentaria de nuestro país.

Para destacar de esta declaración de 28 artículos se podría mencionar:

1. ...Campesino es toda persona que se dedique ya sea individual o en asociación con otros o como comunidad, a la actividad agrícola en pequeña escala para subsistir o comerciar y que para ello dependa sobre todo del trabajo en familia y que tenga una especial dependencia y apego a sus tierras.

2. Se aplica también a los pueblos indígenas y comunidades locales que trabajan la tierra, a las comunidades trashumantes, nómadas y seminómadas y a las personas sin tierra.

3. Los Estados respetarán, protegerán y harán efectivos los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales. Adoptarán sin demora las medidas legislativas, administrativas y de otro tipo que resulten apropiadas para alcanzar progresivamente la plena efectividad de los derechos de la presente declaración que no puedan garantizarse de manera inmediata.

4. Los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad de la persona.

5. Los Estados adoptarán medidas adecuadas para facilitar la libertad de circulación de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales.

6. Los campesinos tienen derecho individual y colectivamente, en asociación con otros o como comunidad, a participar en actividades pacíficas contra las violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

7. Los campesinos tienen derecho a la participación libre y activa, directamente y/o por intermedio de sus organizaciones representativas, en la elaboración e implementación de políticas, programas y proyectos que afecten su vida, sus tierras y sus medios de subsistencia.

Esta Declaración de los Derechos de los Campesinos fue posible por el trabajo que desde el año 2008 inició la organización Vía Campesina, quien elaboró la primera propuesta de documento. Luego de ser presentada en la sesión de la Tercera Comisión de la Asamblea General de la ONU en este mes de octubre, será sometida en noviembre de este año a votación por todos los Estados miembros de las Naciones Unidas.

El documento se vuelve una importante herramienta para que los campesinos busquen justicia y políticas nacionales favorables en torno a la soberanía alimentaria, el derecho a la alimentación sana y saludable, la agricultura sostenible, las semillas y la tierra, teniendo en cuenta los intereses de millones de productores rurales de alimentos.

Históricamente los campesinos han sido subordinados económica, social y políticamente a los intereses que se trazan desde los centros urbanos. Han luchado por la defensa de sus tierras ante el despojo que han promovido terratenientes y grandes empresas transnacionales. Han mantenido su propósito de permanecer en sus territorios, aún teniendo el efecto demostrativo de las ciudades que los invitan a abandonar el campo ante el espejismo de vivir mejor en los centros urbanos, donde supuestamente van a tener mayores oportunidades, y, ante la ausencia de servicios básicos como una buena educación, salud y ofertas culturales.

Los campesinos habitan en los ecosistemas productores de bienes y servicios ambientales, constituyen el sustento vital de toda nuestra sociedad y sin embargo son la principal población víctima de la violación de los derechos humanos. Esta Declaración los visibiliza como sujetos de derecho y se espera que con su promulgación el Estado colombiano y todas sus entidades territoriales empiecen a aplicar el conjunto del articulado de este documento de las Naciones Unidas.

Una buena idea sería que desde ya las secretarías de Desarrollo Agropecuario vayan estudiando la manera de ir aplicando en nuestro departamento esta importante conquista para esta población, para que de una vez por todas empecemos a valorar su importancia en nuestra región y el país.

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