Objetar o no objetar: esa es la cuestión (I)

Alfredo Sarmiento Narváez

Soy egresado de la primera promoción de la Maestría en Construcción de Paz que ofrece la Universidad de los Andes desde el 2016.

Parte significativa del plan de estudios de esa maestría estuvo centrada en el análisis de conceptos tales como justicia transicional, justicia restaurativa con reparaciones símbólicas, justicia retributiva con penas tradicionales; se analizaron varios aspectos coyunturales del proceso de acuerdo de paz que se negociaba en la Habana: la discusión del marco jurídico para la paz, el plebiscito, el trámite de actos legislativos y de leyes por la vía del fast-track, figura que personalmente asimilo a una especie de estado de sitio posmoderno, un 121 recargado, que dio amplísimas facultades al Presidente de la República y puso al Congreso casi que a pupitrear las urgentes e imperiosas iniciativas del gobierno.

Tuve el privilegio de contribuir en esa maestría a que con mis compañeros escucháramos de primera mano las reflexiones sobre el tema de personas con posiciones tan disimiles como Álvaro Uribe Vélez, Humberto de la Calle Lombana, el entonces senador Iván Duque Márquez, Jaime Castro, Álvaro Leyva Durán y Juan Camilo Restrepo, que para esa época lideraba los primeros pasos para iniciar una negociación con el Eln, hoy parada por justificadas razones.

Pude ver en el desarrollo de esa maestría como el país incurrió en una torpe y dañina división: se llegó a hablar de unos sectores amigos de la paz y de otros sectores enemigos de la paz y promotores de guerra, herida que, hoy por hoy, los colombianos, todos, debemos restañar y ejercer el derecho que tenemos para construir paz, estabilizar y consolidar la institucionalidad en todos los territorios de la Colombia Profunda. Obviamente el tema de la creación de la Jurisdicción Especial para la Paz estuvo al orden del día en esa maestría. De entonces acá se han dado los primeros pasos para implementar la nueva jurisdicción que, para los amigos del proceso, es el corazón mismo del acuerdo firmado con las Farc.

He visto alinderamientos al respecto de la JEP, voces de apología, voces críticas, voces de alerta, hay hiel y mieles respecto a la figura. Algunos expresan suspicacias y preocupaciones respecto a cómo la JEP, con base en pronunciamientos de la Corte Constitucional, viene roles respecto a la extradición o no de personas bajo su jurisdicción, evaluación de casos de abuso sexual, para otros sectores, la JEP se presenta como una instancia de redención. El próximo 8 de marzo vence el plazo para que el Gobierno nacional ejerza su incuestionable facultad para objetar o no la ley estatutaria de la JEP. Algunos sectores quieren poner al Presidente de República contra la pared diciendo que de objetar la ley, estará dando los primeros pasos para volver trizas al acuerdo con las Farc o dando poderes incontrolados a la JEP, otros sectores dicen que, de no objetarla, estará desatendiendo un mandato mayoritario que recibió por parte del constituyente primario en el sentido de hacer modificaciones a los acuerdos sin perjuicio de seguir implementando lo que sea menester implementar. El país está a la expectativa, cualquiera sea la decisión que tome el gobierno en este dilema, es clave que reciba el apoyo de todos los sectores sociales y políticos que creemos en la institucionalidad (continuará).

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