Carné de vacunación será obligatorio para ir a trabajar: si no lo tiene, ¿lo pueden despedir?

Crédito: Suministrado / El Nuevo Día.
Los trabajadores deberán estar inmunizados, ¿qué pasa ni no se han vacunado?
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Trabajadores de lugares de asistencia masiva como bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y espacios donde se realicen actividades de ocio deberán estar vacunados contra el covid-19.

Así lo determinó una circular emitida este miércoles por el Ministerio de Trabajo la cual específica que, debido a los nuevos lineamientos de vacunación que rigen en el país, los empleadores de sitios abiertos al público podrán solicitar a sus trabajadores tener completo el esquema de inmunización.

De acuerdo con lo anunciado por el Gobierno, la medida también aplicará para aquellos que estén vinculados laboralmente en escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, así como museos y todas las actividades que impliquen atención al público.

"Al momento de implementar las medidas adoptadas en la resolución 777 de 2021, deberán adelantar el esquema de vacunación para presentar ante el empleador su carnet que así lo acredite", indicó el Ministerio.

Al respecto, el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, aseguró que la implementación de esta medida es un complemento a la ya existente exigencia del carnet para los clientes y consumidores de este tipo de establecimientos, así como para las personas que asisten a eventos masivos de carácter público.

"Le pedimos a los restaurantes que las personas que ingresen tengan esquemas de vacunación, y al trabajador de ese establecimiento no le obligamos a vacunarse. Estamos tratando de llegar a ese punto, no con la obligatoriedad constitucional pero sí indicando que tienen que estar inmunizados", comentó Cabrera.

Entre tanto, el Ministro manifestó que junto a las autoridades de Salud se están adelantando acciones para que se pueda reglamentar el trámite de las incapacidades médicas y las pruebas PCR que son necesarias en el caso de contagios de covid-19 de todo tipo de empleados.

"Cualquier trabajador que sea contagiado automáticamente con la certificación médica genera incapacidad, por lo tanto, aislamiento obligatorio. Si una persona está cerca o convivió con un contagiado, pero no tiene los síntomas automáticamente se le debe generar la prueba", precisó Cabrera.

 

Si no se ha vacunado, ¿lo pueden despedir?

“Con esta medida no estamos cambiando las reglas del Código Sustantivo del Trabajo, ni estamos creando una nueva modalidad de causa justa de despido, ni nada por el estilo. Estamos es preservando el derecho a la vida de los colombianos”, explicó el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera en entrevista con Noticias Caracol.

Aún así, el trabajador deberá acatar la “orden del Ministerio del Trabajo, entonces es cumplir un acto administrativo y por obvias razones tiene ese instrumento para hacerlo”, añadió.

Credito
El País / Redacción web.

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