Juzgado suspende provisionalmente acuerdo que modificó EOT de Rovira

Crédito: Archivo - EL NUEVO DÍACon la modificación de noviembre de 2019, se cambió el uso del suelo de cuatro predios rurales, que tendrían dificultades para acceder a los servicios públicos.
El cambio que se hizo en el Esquema de Ordenamiento Territorial, EOT, del Municipio finalizando el 2019 tuvo como fin incorporar cuatro predios rurales a zona urbana, que al parecer no cuentan con la facilidad de acceder a los servicios públicos ni de movilidad.
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En noviembre de 2019 el Concejo de Rovira, por iniciativa del alcalde de la época, Yoanni Vivas, adoptó a través de acuerdo un ajuste al Esquema de Ordenamiento del Municipio, EOT, para incorporar cuatro predios rurales a zona urbana, sin embargo, para la actual administración en cabeza de Diego Guerra, el trámite no cumplió con los requisitos exigidos.

El apoderado del Municipio, Wilyan Jair Galárraga Guzmán, explicó que la Alcaldía presentó en febrero una acción de nulidad contra el acuerdo N°12 del 28 de noviembre de 2019, pues al parecer se omitió hacer la respectiva concertación con Cortolima, por ello, “se solicitó medida cautelar con suspensión inmediata de ese acuerdo con las repercusiones que tenía”, comentó el abogado.

Y agregó que entre los argumentos está que la Secretaría de Planeación y Obras Públicas certificó en enero que “no fue encontrado ningún acta o documento emitido por la Corporación Autónoma Regional del Tolima, Cortolima, que haga referencia al ajuste del Esquema de Ordenamiento Territorial que fue aprobado mediante (el) acuerdo N°12 del 28 de noviembre de 2019”.

Tampoco, se habría hallado algún archivo del Consejo Territorial de Planeación que hiciera referencia a dicho ajuste del EOT, otra presunta inconsistencia es que los predios, al parecer, no cuentan con “conexión o disponibilidad inmediata” para la instalación de los servicios de acueducto, alcantarillado y energía eléctrica, ni articulación con los sistemas de movilidad del municipio.

“Cuando llega la solicitud de los propietarios de los predios beneficiados, solicitando los servicios de acueducto y alcantarillado, causa sorpresa a la (actual) Administración, que la Empresa de Servicios Públicos, Emspurovira, le había manifestado al alcalde de la época que no existía disponibilidad de servicios para poderlos dar.

“A pesar de eso el Concejo municipal con el mandatario de la época le dieron viabilidad al proyecto”, dijo Galárraga Guzmán.

Al no contar con la disponibilidad y facilidad de los servicios públicos, le correspondería al Municipio “hacer unas inversiones cuantiosas sobre la inclusión de unos predios, donde no existía viabilidad financiera ni técnica para que fueran incorporados a la parte urbana”, añadió.

Según el Acuerdo en discusión los predios que pasaron al área urbana fueron El Diviso de una hectárea y 100 M2, El Tesoro 23 hectáreas 3 mil 915 M2, Villa Hermosa tres hectáreas y Las Delicias 11 hectáreas 7 mil 908 M2, y tendrían como fin el desarrollo de proyectos de vivienda de interés social,  prioritario o de otro tipo.

 

Acto provisionalmente suspendido

El pasado 4 de septiembre, el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito Civil de Ibagué, resolvió suspender provisionalmente el Acuerdo N°12 del 28 de noviembre de 2019 por medio del cual el Consejo adoptó el ajuste del EOT.

Entre la información que relaciona el Juzgado, está que además de los faltantes que menciona el demandado en cuanto a la facilidad para que los predios puedan contar con la disponibilidad de los servicios públicos, tampoco se convocó a un cabildo abierto como lo indica la ley en estos casos de planificación territorial.

“Esos predios, ante la decisión que toma el Juzgado Administrativo, siguen siendo rurales, no hacen parte del área urbana por lo tanto no está obligada la Administración (municipal) a proferir decisiones en contra del Esquema de Ordenamiento Territorial”, precisó el apoderado.

A la par de la suspensión del Acto, se sigue adelantando el proceso jurídico mediante el cual el Juzgado decidirá la legalidad o no del acuerdo que viabilizó la modificación del EOT en Rovira.

 

DATO

A través de la ley 1753 de 2015 artículo 91 se permite como medida excepcional y extraordinaria, que los municipios y distritos por una sola vez y a iniciativa del alcalde, en el periodo constitucional comprendido entre el 2015 y 2020, incorporen predios rurales a la zona urbana para proyectos de vivienda de interés prioritario.

Credito
REDACCIÓN TOLIMA

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