Procuraduría General revoca sanción contra el exalcalde ‘Chucho’ Botero

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
Se trata del proceso por irregularidades, que no fueron comprobadas, en la celebración de contratos y convenios interadministrativos con la Gestora Urbana para arreglo de vías y otras obras.

La Procuraduría General de la Nación revocó la decisión de primera instancia de destitución e inhabilidad por 15 años para ejercer cargos públicos al exalcalde de Ibagué, Jesús María Botero Gutiérrez, en fallo de segunda instancia fechado el 3 de abril de 2014.

El Ministerio Público no halló mérito disciplinario, ni encontró que el exalcale Botero haya obrado en contra de la ley en una investigación que se le adelantaba porque, al parecer, a través de una serie de convenios y contratos interadministrativos con la Gestora Urbana, presuntamente se eludieron los procesos de selección objetiva de contratistas.

Dicho proceso se habría dado, supuestamente, sin que el objeto social y los fines para los cuales fue creada la Gestora Urbana, tuvieran relación con el desarrollo de las obras viales, objeto de los contratos y convenios administrativos que se suscribieron con la entidad.

Ello habría permitido presuntas irregularidades como que se subcontratara la ejecución de las obras viales y que por cuenta de la innecesaria intermediación, el Municipio pagara a la Gestora Urbana un cinco por ciento del valor de cada uno de los contratos, por concepto de administración delegada.

Los abogados Orlando Espinoza Triana y Orlando Arciniegas Lagos fueron quienes denunciaron ante el Ministerio Público, y en fallo de primera instancia, el 31 de agosto de 2012, la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública decidió sancionar con destitución e inhabilidad por el término de 15 años, al exalcalde Jésus María Botero y los secretarios de Apoyo a la Gestión, Martha Mirella Peña Torres; de Infraestructura, Jaime Orlando Vélez Osorio y el gerente de la Gestora Urbana, Alfonso Carrero López.

No obstante, los exfuncionarios apelaron dicho fallo manifestando haber actuado conforme a la ley y cumpliendo los requisitos en la celebración de los contratos interadministrativos con la Gestora Urbana, en razón de su objeto.

La absolución

Ahora, al fallar en segunda instancia, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación dice: “revocar el ordinal primero de la providencia recurrida, en el sentido de absolver de responsabilidad disciplinaria al señor Jesús María Botero Gutiérrez, en su condición de Alcalde del Municipio de Ibagué”. La misma decisión absuelve a Martha Mirella Peña, Jaime Orlando Vélez y Alfonso Carrero.

El Ministerio Público concluyó que la Gestora Urbana está en capacidad jurídica de realizar obras de infraestructura como las contratadas por el Municipio. Destaca el fallo que la prohibición de celebrar contratos de obras por contratación directa fue establecida para las instituciones de educación superior públicas, pero no para las restantes entidades públicas.

“Debe concluirse que los objetos de los contratos y convenios interadministrativos celebrados por el Municipio de Ibagué y el Banco Inmobiliario - Gestora Urbana - tienen relación directa con el objeto social de esta empresa industrial y comercial del Estado. En esta medida, deberá absolverse al disciplinario”, señala el fallo.

Según la Procuraduría, no existe fundamento para el reproche de que en la celebración de los contratos y convenios interadministrativos se eludió el trámite se selección objetiva, por haberse acudido al esquema de contratación directa. El fallo advierte, además, que en este caso en particular no es dable examinar la capacidad de ejecución de la entidad contratista.

Proceso pendiente

Con esta decisión el exalcalde de Ibagué Jesús María Botero y los otros tres exfuncionarios quedan absueltos por la conducta investigada. Sin embargo, aún pesa contra ellos una sanción de la Procuraduría por otra serie de contratos y convenios interadministrativos celebrados también con la Gestora Urbana para vías y otras obras.

En esta investigación, inicialmente, la Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública los sancionó con 15 años de inhabilidad para ejercer cargos, aduciendo que la Gestora Urbana no tenía capacidad jurídica y administrativa, por lo que los convenios eran ilegales.

Pero, en segunda instancia, la Sala Disciplinaria determinó que la Gestora Urbana sí tenía capacidad jurídica, aunque no capacidad administrativa, y bajó la sanción a 10 años y quitó el dolo.

El caso fue apelado y se encuentra para decisión del Consejo de Estado. Aunque EL NUEVO DÍA intentó comunicarse con Jesús María Botero, no fue posible obtener un pronunciamiento suyo. Sin embargo, fuentes cercanas al exalcalde dijeron que muy seguramente el fallo que lo absuelve será llevado al Consejo de Estado, donde el recurso ya fue admitido. De revocarse la sanción por parte del Alto Tribunal de lo Contencioso, como parecería previsible, ‘Chucho’ Botero no descartaría jugar en las próximas elecciones regionales.

Credito
IBAGUÉ

Comentarios