Cuestionan contrato de Gestora Urbana con constructora del Portal San Gabriel

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
La Junta Directiva de la Gestora Urbana evalúa solicitar la intervención de la Contraloría municipal ante la negativa del representante legal de la Constructora, para explicar los avances del proyecto y los términos del contrato que excluye de cualquier beneficio económico al Municipio en la segunda fase del proyecto.

El contrato 018, suscrito entre la Gestora Urbana y la constructora Ávila Limitada, continúa siendo objeto de cuestionamientos debido a los términos y condiciones en que fue suscrito en posible detrimento del Municipio y en favor del privado.

A través de un escrito allegado a EL NUEVO DÍA se cuestiona por qué si la propiedad del bien la ejercía la Gestora Urbana, se le excluyó de que obtuviera utilidades sobre los 500 apartamentos. Los mil 200 millones de pesos que recibirá por las primeras 300 unidades equivaldrían al ‘pago’ o compensación económica por el terreno.

Sobre la segunda fase de los apartamentos la Gestora Urbana no tendrá participación alguna. La claúsula Cuarta así lo establece, pues dentro de sus obligaciones menciona que se “permitirá que el socio constructor constituya una fiducia inmobiliaria para que los recursos de los usuarios (ahorro programado, crédito y demás) se manejen con exclusividad y absoluta independencia por el socio constructor para garantizar la eficaz ejecución y el desarrollo del proyecto. Las ganancias generales del presente proyecto serán exclusivas del socio constructor, por lo tanto la Gestora Urbana no recibirá dineros adicionales algunos, diferentes a los establecidos”, se subraya en el contrato.

La gerente de la Gestora Urbana, Piedad Lorena Velásquez, en entrevista con EL NUEVO DÍA, reconoció la independencia total que se le dio a la constructora en cuanto al manejo de las ganancias pero destacó que lo anterior obedece a una retribución social en la que se pactó que los costos no fueran tan elevados para los beneficiarios y que el valor que será recibido por el terreno se viera reflejado en las unidades de vivienda.

“Frente a las utilidades sí se les dio toda la autonomía, pero también hay una retribución social que se está obteniendo ya que es un proyecto de interés social. La idea era que los costos no fueran tan elevados para las personas y que se realizara el mayor aporte posible por parte de la entidad. Además, que se tradujera esa autonomía o ese valor que se estaba obteniendo por el costo del predio en las unidades de vivienda”, argumentó Velásquez.

Pero el contrato también establece que si de la revisión ejecutada por el constructor en la entrega de las primeras 300 unidades resultan áreas adicionales vendibles no habrá traslado de réditos o beneficios económicos a la Gestora Urbana. Además de dar libertad al privado de modificar estas o el diseño del proyecto como ocurrió y donde el Municipio no tendrá contraprestación.

“Inicialmente el proyecto tenía 300 unidades y se daba la opción al contratista de hacer modificaciones. Sin embargo, también se dejó que como de todas maneras esas modificaciones generan unos costos en licencias y demás, el contratista los asumía y la entidad no tendría utilidad frente a estas unidades. Así está en el contrato”, dijo la funcionaria.

¿Un contrato lesivo?

Según el escrito entregado a EL NUEVO DÍA, los canjes por cesiones los deberá asumir el banco inmobiliario. Sobre el asunto, la Gerente de la Gestora Urbana informó que la Junta Directiva no está de acuerdo y evalúa la situación.

Sin embargo, Velásquez explicó que con el cambio de los diseños del proyecto, las áreas de cesión sufrieron modificación, por lo cual la lonja Sociedad Colombiana de Arquitectos deberá efectuar un avalúo comercial.

¿Se podría generar un detrimento?

Según Lorena Velásquez, no habría pérdida, debido a que se obtendrá mil 200 millones y se espera que el costo de las cesiones no supere esa cifra.

“Qué sucede en este caso, la licencia de construcción inicial tenía contemplados unos diseños y en pro de hacer un poco más atractivo el proyecto, de pronto para los constructores, se establece que ellos podían hacer ciertas modificaciones para generar mayores unidades de vivienda. Eso es lo que hizo la constructora y eso es una modificación a los diseños iniciales y tienen que establecerse unas nuevas áreas de cesión para canjearlas, que es lo que se está hablando en este momento y que es lo que formalmente no se ha establecido porque estamos en el trámite de la modificación de la licencia”, añadió la funcionaria.

Y hay más. El contrato señala que “el proponente seleccionado recibirá el terreno con la totalidad de las obras de urbanismo, redes de servicios públicos, terrazas conformadas, andenes, sardineles, zonas verdes y comunes, vías debidamente pavimentadas a objeto de ejecutar el objeto del contrato”. Según la queja expuesta, en contratación las obras de urbanismo son responsabilidad del contratista.

“Es algo más de interpretación pero los jurídicos de la entidad lo han verificado y la constructora es la que está ejecutando las obras de urbanismo y tiene un cronograma establecido por ejecutar”, argumentó Lorena Velásquez.

Se solicitaría presencia de la Contraloría

La exdiputada e integrante de la Junta Directiva de la Gestora Urbana Luz Nelly Amado informó que se ha requerido en dos oportunidades al propietario de la constructora Ávila, Antonio Ávila Chassaigne, para discutir los avances en obra y el cronograma, al igual que los términos de las cesiones y las utilidades de los apartamentos que contemplarían la segunda fase, sin que responda a los llamados de la entidad.

De acuerdo con la exasambleista, su posición ha sido crítica sobre la manera como se planteó el contrato, pues la Gestora Urbana debería ser partícipe de las utilidades del proyecto. Por este motivo solicitó a la entidad la entrega de todos los soportes contractuales para evaluar los términos de referencia que sirvieron de soporte al Ejecutivo para tomar esta determinación.

Según Amado, a la Junta Directiva no se le dio a conocer el contrato ya que la misma es una competencia que recae en la gerencia.

El contrato que fue suscrito el 31 de marzo de 2013 fue firmado en la gerencia de Arlén Márquez, aunque es de destacar que como resposa en documentos de la Gestora Urbana, en la gerencia de Carlos José Corral Albarello (actual gerente del Ibal), fueron aprobados los pliegos del proyecto, se expidió la licencia de urbanismo mediante la resolución 067 de marzo de 2012 y se acordó el canje de la cesiones.

“Mi posición es muy clara: nosotros no tenemos por qué pagarles las cesiones al constructor, sería la primera vez que la entidad pública le paga las cesiones a los constructores”, denunció Amado.

“La información pasó ya como hecho”

EL NUEVO DÍA: ¿El contrato suscrito con la constructora Ávila es lesivo para los intereses del Municipio? Lo digo porque como se ha podido ver la entidad no tendrá utilidades del proyecto... 

LUZ NELLY AMADO: Evidentemente, la Gestora Urbana está aportando un lote al proyecto y en esa medida no va a participar en utilidades. La Gestora Urbana lo único que va a recuperar es el valor del terreno. En cualquier proyecto de construcción cuando se aporta un lote uno recibe utilidades, en este caso la entidad no lo va a hacer. 

END: ¿Cuál es la contraprestación para la Gestora Urbana? 

LNA: En San Gabriel hay varios aportantes, la Gobernación del Tolima y la Gestora, que entrega un lote sin recibir utilidades, esa es una manera de hacer un aporte; si bien es cierto nos van a pagar el terreno, también las utilidades que debería recibir deben reflejarse en el valor del inmueble. 

END: Pero la Gestora Urbana va a recibir mil 200 millones de pesos, es decir, cuatro millones por cada apartamento estaría acorde con ese valor... 

LNA: No, en mi criterio la Gestora Urbana debería participar en las utilidades de la segunda etapa del proyecto, lo que pasa es que sobre eso no hay nada que hacer, porque está firmado un contrato, contrato que nunca pasó por las manos de la Junta Directiva, y que de hecho no tenía por qué pasar, eso es competencia del Ejecutivo. 

END: Entonces, ¿qué función cumple la Junta Directiva si permitió firmar el contrato bajo estas condiciones? 

LNA: La Junta Directiva lo que hace es decir, ‘claro desarrolle el proyecto de vivienda’, ya los téminos de referencia; el punto y coma del contrato, obviamente es una decisión que toma la gerencia, no es una decisión que tome la Junta Directiva, y por lo menos en este caso no pasó, porque si hubiera pasado nuestra posición hubiera sido completamente distinta. La información pasó ya como hecho cumplido. 

END: ¿Cuál ha sido su posición en la Junta con respecto al contrato? 

LNA: Mi posición ha sido de ejercer un control muy preciso al proceso de construcción y he solicitado en reiteradas oportunidades la presencia del gerente de la constructora Ávila, Antonio Ávila, pero lamentablemente no ha sido posible su presencia. 

END: ¿En cuántas oportunidades se ha requerido al constructor? 

LNA: El gerente ha sido citado dos veces y siempre envía cartas de que no puede venir. 

END: ¿Qué dudas debe aclarar el contratista si como usted dice no hay nada qué hacer y el contrato ya se firmó? 

LNA: Mi sugerencia es decirle al señor Gerente ‘cuéntenos qué ha pasado con el proceso, cómo están los tiempos, el flujo de caja que es supremamente importante porque el lote se compró para vivienda de interés social y debe estar dentro de ese tope’; si el constructor cumple dentro de estas condiciones, perfecto. ¡Ah!, que yo no esté de acuerdo con el contrato, bueno, pero fue el contrato que la Gestora firmó, si el contratista cumple, muy bien, pero si no, entonces debemos acudir a la Contraloría. 

END: ¿Consideraría que se podría hablar de un posible detrimento? 

LNA: Me pone en una situación muy difícil. Si revisa las actas de las Juntas. he sido muy crítica y dura en este proceso. He planteado la urgente necesidad de que haga presencia el Gerente, quien debe responder con calidad y tiempo en el proceso constructivo y que de no hacerlo en una próxima junta deberemos exigir la presencia del organismo de control. 

END: ¿Se podría hablar de que con el contrato lo que se hizo fue hacerle un regalo a la constructora, o es muy aventurado decirlo? 

LNA: En mi criterio para desarrollar un proyecto se requiere de diferentes inversiones, una es el lote y la plata para construir. En este caso quien sea el que aporte el lote y no sea pagado de inmediato sino que forma parte del proyecto es indudable que debe que recibir utilidades. El punto es, recibo al final del proyecto la plata del lote y las utilidades, se desarrollen una o 10 mil viviendas. Participo en utilidades en una o 10 mil viviendas. 

END: Los nuevos apartamentos que contempla el rediseño del proyecto tampoco generarán beneficio económico a la entidad... 

LNA: En este caso en particular la situación compleja está en que se autorizó ampliar de 300 a 500 viviendas y en las 200 restantes la Gestora no tiene claro cuál va a ser su participación en utilidades, porque en los primeros 300 están en el tope de interés social para los beneficiados de la Alcaldía, Gobernación y los periodistas. Lo que hay que entrar a revisar con el constructor, no concertar porque eso está definido en el contrato, es qué participación se le puede dar a la Gestora. 

“Es decirle al contratista que cumpla”

END: Se había pensado que el cambio en los diseños podría haber subido los costos del proyecto a los beneficiarios... 

LNA: No, fíjese que no. El diseño inicial era muy simple. El nuevo diseño es más atractivo, con mejor dotación social, con mejor urbanismo; en ese sentido el proyecto en cuanto diseño mejoró de una forma sustancial. Al César lo que es del César, porque el tope es el mismo, 135 salarios mínimos. Qué se se va entregar un apartamento más grande, con mejores acabados, con zona social porque no puede pasar de ahí el tope. De otra manera hubieran sido los mismos 135 SML sin acabados bonitos y apartamentos más pequeños.

END: Se ha especulado que la Gestora Urbana deberá pagar al contratista por las cesiones...

LNA: Mi posición es rotundamente negativa, nosotros no tenemos por qué pagar las cesiones de un contratista que va a tener muy buenas utilidades en el proyecto; me niego y rechazo cualquier posibilidad y esa ha sido mi posición en la Junta Directiva, la Gestora no puede pagar cesiones a un particular.

END: El contrato también establece que la Gestora Urbana correrá con los gastos de las obras de urbanismo...

LNA: Lo que tengo entendido es que la Gobernación del Tolima será la que aporte los dineros.

END: Bajo este panorama existiría una salida económica que le genere algún tipo de rédito a la Gestora Urbana...

LNA: Lo que sucede es que el contrato ya está firmado y no hay nada que hacer. Lo único es decirle al contratista que cumpla.
 

 

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