Cortolima gana potestad sancionatoria a Palo Alto

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
El Tribunal Adminitrativo del Tolima rechazó las pretensiones enunciadas por la sociedad Construcciones y Urbanizaciones SAS CYU SAS en una acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra Cortolima.

Lo anterior, por cuanto perseguía la nulidad de la resolución 135 del 18 de enero de 2010, mediante la cual Cortolima, en su calidad de máxima autoridad ambiental, impuso una sanción y medidas de compensación a la sociedad constructora en la edificación del conjunto residencial Palo Alto.

Producto a este proceso administrativo sancionatorio, Cortolima endilgó unos cargos a la empresa, entre ellos un cargo realacionado con el ejercicio de aprovechamiento forestal en forma ilegal con motivo del encerramiento de obra en la zona de protección de la quebrada La Pioja.

Un segundo cargo fue la ocupación del cauce de la fuente hídrica La Pioja, para construcción y excavación de un muro sobre la zona de ronda de la quebrada; como tercer cargo, fue la intervención de la zona protectora de dicha quebrada.

El cuarto cargo hace referencia a la inadecuada disposición de los escombros y residuos sólidos sobre la quebrada, sin el correspondiente permiso de actuación transitoria del cauce, y el último es sobre la construcción de un pozo séptico y la disposición de vertimientos líquidos sobre la mencionada fuente hídrica sin el respectivo permiso de vertimiento.

“Todos estos cargos fueron debidamente sustentados y probados por la Corporación Autónoma, a través del proceso sancionatorio ambiental que se inició contra la empresa constructora en año 2009”, acotó Jorge Enrique Cardoso Rodríguez, director de Cortolima.

Es la máxima autoridad ambiental

El Tribunal Administrativo acepta las argumentaciones de Cortolima y reconoce que la Corporación es la máxima autoridad ambiental delegada para proteger las zonas de ronda de las principales fuentes hídricas del municipio y el Departamento.

Al reconocer y aceptar los argumentos, el Tribunal decidió dejar firme la resolución 135 de 2010, en la que Cortolima declaró responsable a la sociedad Construcciones y Urbanizaciones SAS CYU SAS de varias infracciones ambientales y, de igual forma, impuso una sanción pecuniaria a la empresa.

“Este fallo para la Corporación es supremamente importante, porque reconfirma la potestad que tiene Cortolima en ejercer como máxima autoridad ambiental las disposiciones sancionatorias que nos entrega la Ley 1333 de 2009, titularidad en materia ambiental”, afirmó Cardoso Rodríguez.

Credito
ÁNGELA MUÑOZ OBREGÓN

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