Decreto nacional regula a urbanizadores que incumplen con el POT

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
El Ministerio de Vivienda expidió el Decreto 1547 de julio de 2015, en el cual pretende impedir que se sigan desarrollando construcciones sin poseer las licencias urbanísticas correspondientes, y se incumplan las normas que las complementan como los planes parciales.

Para las construcciones, ampliaciones, modificaciones y demoliciones, al igual que la urbanización y parcelación tanto en terrenos urbanos como rurales, se requiere de la licencia expedida por el Municipio y los curadores urbanos, ya que al ir en contra del POT y la normatividad urbanística, serán sancionados los responsables, incluyéndose la demolición de las obras según el caso.

Las alcaldías entran a desempeñar un papel importante en exigir que esto se cumpla y si dado el caso, no se tiene las licencias, la Administración municipal podrá iniciar el proceso de trámite, pero los costos lo asumirá el titular encargado de la obra, o si no, deberá reembolsar los costos al municipio.

El decreto también estará vigente a la hora de hacer modificaciones a las licencias, esto para impedir que se ponga en riesgo la vida humana y el medio ambiente, por lo tanto se podría expedir una orden de autoridad judicial o administrativa por la que se ordene reforzar el inmueble para garantizar la tranquilidad de la comunidad.

Juan Pablo García Poveda, asesor de Dirección General en Cortolima, incitó a la comunidad para que denuncie cualquier irregularidad en edificaciones, además vio el decreto como un apoyo a la labor que cumple la Corporación para impedir que al urbanizar se genere graves impactos ambientales.

Credito
EL NUEVO DÍA

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