“Cortolima recibe con agrado y humildad institucional la noticia del honorable del Tribunal Administrativo del Tolima de declarar la nulidad del acuerdo 031 de 2012 en el cual se modificó el uso del área Santa Helena - La Palmilla en El Salado para facilitar la construcción del Centro de Atención al Menor Infractor, desconociendo la zonificación ambiental y los usos del suelo establecidos en el manejo ambiental del Pomca del río Totare, adoptado mediante acuerdo 041 de 2008 por el Consejo Directivo de Cortolima”, mencionó el directivo.
Además, recordó que todas las autoridades civiles personas naturales y jurídicas deben acogerse a lo dispuesto en los Planes de Manejo y Ordenamiento de una Cuenca (Pomca), ya que son de superior jerarquía a las decisiones que localmente se traten de implementar como lo reconoció el Tribunal Administrativo.
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