El Alcalde insistirá en consulta popular pese a advertencia de la Viceprocuradora

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
Aunque se mostró respetuoso de las declaraciones y advertencias dadas por el procurador Ambiental, Ernesto Cardoso, el Mandatario reafirmó la posición de continuar con la consulta popular y defender la soberanía del pueblo.

El alcalde Guillermo Alfonso Jaramillo se refirió de manera puntual al pronunciamiento entregado por el procurador Ambiental para el Tolima, Ernesto Cardoso, sobre la posibilidad de estar incurso en una extralimitación de funciones al convocar la consulta popular minera y excluir áreas del territorio de la minería, política hasta la fecha de interés nacional.

Jaramillo indicó que aunque es respetuoso de los controles efectuados por el Ministerio Público, la Constitución Política en su artículo Tercero habla de la soberanía popular del pueblo, el que finalmente decide qué futuro quiere para su territorio.

En este contexto, Jaramillo argumentó: “A nosotros no nos defiende el Gobierno nacional, sino nos defiende el Gobierno departamental. Lo único que nos queda a nosotros es poder defendernos de cualquier atropello que puedan cometer contra nuestra soberanía. Yo hice un compromiso con el pueblo de Ibagué y lo estoy cumpliendo”, replicó.

“Lo que he podido auscultar en la comunidad es que quiere agua y nosotros nos vamos a supeditar a que la comunidad pueda decidir si quiere agua o si quiere hacer otras cosas. (...). Qué vamos a priorizar nosotros al particular o la comunidad en general. Aquí lo que queremos nosotros es que la comunidad, en su posibilidad de opinar, diga qué es lo que quiere”, puntualizó el Mandatario.

“Con respecto a las palabras del señor Procurador, él tiene que hacer su oficio, y nosotros el que nos corresponde, que es gobernar.”, concluyó.

No obstante, la viceprocuradora General de la Nación, Martha Isabel Castañeda Curvelo, en carta allegada ayer a Jaramillo le conminó a analizar las posibles consecuencias de que se prohíban las actividades relacionadas con el aprovechamiento de recursos no renovables, habida consideración de que podría contravenir preceptos superiores contenidos en los artículos 332, 334, 360 y 80, toda vez que siendo del Estado la propiedad de los recursos y de su ámbito particular la planificación de su manejo, las autoridades locales carecerían de esa competencia y autonomía territorial debe ejercerse dentro los límites que la Constitución y la ley imponen.

Y reiteró la necesidad de “que se revise la pertinencia jurídica de, eventualmente, proferir un acto administrativo que prohiba las actividades relacionadas con el aprovechamiento de los recursos naturales no renovables en jurisdicción de su municipio, o que en el Concejo se expida un acuerdo del mismo sentido, toda vez que con ello se podría contravenir el espíritu de los preceptos antes señalados, ya que por expreso mandato superior, dicha competencia se halla en cabeza de otra autoridad, amén de que se incurra en una extralimitación en el ejercicio de las correspondientes funciones (...) por hechos similares al que aquí nos ocupa, el órgano de control ha iniciado investigación de carácter disciplinario”, concluye la misiva.

Se caldean los aires en el Concejo

El concejal Humberto Quintero concordó, ayer en la plenaria, con el pronunciamiento de la Procuraduría Ambiental en referencia a que no es competencia del Concejo emitir concepto sobre la consulta popular.

“Para mi concepto personal, no es competencia del Concejo de Ibagué expedir conceptos de minería a gran escala. El Gobierno nacional, por intermedio del Ministerio de Minas y de la Anla, es el competente del subsuelo sin desconocer que tenemos el uso del suelo, entonces lleguemos a un acuerdo”, explicó Quintero.

El Posible salvavidas de la consulta popular

La Corte Constitucional votó el pasado jueves tres de los seis artículos de la demanda que interpusieron los senadores Alberto Castilla e Iván Cepeda y los representantes Alirio Uribe y Víctor Correa, entre otros, para declarar inconstitucional algunos preceptos contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo (2014 - 2018) con respecto a los Proyectos de Interés Estratégico Nacional y que se refieren a la minería y la centralización de las decisiones a nivel central.

Según La Silla Vacía con una votación de 5 a 3, la Corte ya hundió tres de los seis artículos. Entre estos el que concentraba la decisión de expedir licencias en la Anla, “quitando la función a las CAR (lo que se llamó mediáticamente “las licencias ambientales exprés”); otro permitía a la Autoridad Minera Nacional (ANM) reservar unas áreas para la minería, las llamadas Áreas Estratégicas Mineras; y uno más que daba prelación a estos proyectos sobre la restitución de tierras, cuando coincidieran los te rrenos a restituir y los que necesita el megaproyecto. En este caso ordenaba que a la víctima se le diera un terreno semejante en otro lado”.

La mayoría de los magistrados liberales: Gloria Stella Ortiz (que es la ponente), Alberto Rojas, Luis Ernesto Vargas, Jorge Iván Palacio y María Victoria Calle, argumentaron en los puntos de las licencias exprés y las áreas de reserva minera que darle todas esas funciones a dos entidades nacionales afecta en exceso la autonomía que tienen los municipios para definir el uso de su suelo y su ordenamiento territorial. Y que eso es inconstitucional”.

El panorama se torna díficil para el Gobierno nacional, que deberá reformular lo contenido en el Plan Nacional de Desarrrollo. 

Credito
IBAGUÉ

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