Tribunal Administrativo avaló medida cautelar y suspendió demolición de obras en la Palmilla

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El Tribunal Administrativo del Tolima determinó en providencia del pasado 10 de octubre suspender de manera provisional y parcial la resolución 1291 del 26 de mayo de 2015 emitida por Cortolima y que ordenó al Municipio la demolición de las obras adelantadas para la construcción del Centro del Menor Infractor en la vereda La Palmilla.

Lo anterior en razón a la medida cautelar solicitada por el Municipio dentro de la acción de nulidad que cursa contra la acción administrativa adelantada por la corporación ambiental.

La jefe Jurídica del Municipio, Gladys Gutiérrez, argumentó que existieron irregularidades en el proceso por parte de Cortolima al haber decidido en contra del Municipio sin tener en cuenta las entidades que de manera directa e indirecta tuvieron injerencia en la ejecución de las obras adelantadas en el predio.

“Consideramos que el Municipio no tiene la competencia de demoler una obra donde hay recursos del orden nacional, de la Gobernación y el Municipio y por esta razón nosotros hemos solicitado la nulidad. Dentro de ese marco solicitamos la suspensión de la orden de demolición”, puntualizó.

Dentro de la exposición de motivos del Municipio alega que no era de desconocimiento para la autoridad ambiental los convenios suscritos entre la Gobernación del Tolima, Fonade, el Icbf y el Municipio para el desarrollo de las obras.

Así mismo que en el proceso adelantado se violó el artículo 29 de la Constitución Política y que la sala seis del Tribunal determinó que en ese contexto es posible advertir lo que podría conllevar a la posible vulneración del debido proceso, pues se decidió sin que se ejerciera el derecho a la defensa por parte del Departamento y el Icbf ya que ambas aportaron recursos para la construcción, además de Fonade y la Federación Nacional de Cafeteros.

“No es recibo para esta corporación cómo dentro del procedimiento sancionatorio ambiental Fonade, la Gobernación del Tolima, Icbf y la Federación nacional de Cafeteros, no tuvieran injerencia en la actuación administrativa máxime cuando aparece registrado que el Departamento es copropietario de los lotes de terreno materia de litigo penal; el Icbf tiene a su cargo la construcción del proyecto y que se demuestra en los convenios suscritos entre las entidades”, señala la sala.

Además advierte que de no suspenderse provisionalmente los actos administrativos demandados y se advirtiera que los mismos se expidieron en contravía del ordenamiento legal, se afectaría el patrimonio público al ejecutar la demolición de la estructura perdiendo los recursos invertidos a la fecha, pero deja claro que la decisión no implica que se autorice a continuar con la construcción ya que es un tema que corresponderá resolverse de fondo.

Según Gutiérrez, el proceso continúa a la espera que se resuelva la solicitud de nulidad para que se pueda continuar con la obra.

Cortolima ya interpuso la apelación de la medida cautelar que deberá ser resuelta por el Consejo de Estado.

Credito
IBAGUÉ

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