Aumento de predial no afectará a comerciantes de barrio

VANGUARDIA LIBERAL - EL NUEVO DÍA
El secretario de Hacienda, Juan Espinosa, explicó que el proyecto que incrementará la tarifa al 12, 13 y 16 por mil y que está en discusión en el Concejo, es para predios cuyo uso del suelo es comercial y no a aquellos que registren uso residencial.

El secretario de Hacienda, Juan Espinosa aclaró algunas dudas expresadas por la comunidad de diversos sectores quienes temen que el reajuste de la tarifa del impuesto Predial se dé en sus viviendas al ejercer una actividad comercial.

Según Espinosa, "si están clasificados como residencial, esos predios no estarán afectados por el incremento del predial", precisó. El proyecto que cursa en segundo debate en el Concejo afectará a los 11 mil 700 inmuebles que están establecidos como uso comercial dentro de la base catastral del Municipio. Es decir, locales comerciales, Centros comerciales, oficinas, centros de producción, administraciones de gasolina, etc. 

"A esa ama de casa, propietario de barrio, no le vamos a subir el Predial porque su predio está  clasificado como residencial. Por eso los predios comerciales son tan poquitos, que son 11 mil 700 predios, porque muchas de estas familias que están ejerciendo su actividad comercial, siguen en uso residencial y por ende no están impactadas con este incremento de las tarifas de Predial", subrayó Espinosa.

Cuando sí 

El Secretario de Hacienda indicó que una vez el Municipio inicie la actualización catastral, muy seguramente habrá un incremento en el impuesto en todos los predios en el Municipio.

El funcionario resaltó que lo que busca la actualización es llevar el valor del predio a valores comerciales y como algunos están en un 40 por ciento por debajo de este último, seguramente al hacer el avalúo sí van a sufrir un aumento en el predial a partir de enero de 2018.

El funcionario recalcó que la actualización la deben efectuar por ley nacional los municipios cada cinco años. La última se llevó a cabo en 2013, por lo que le corresponde a esta administración actualizar la base castastral, so pena de que se inicie un proceso por posible detrimento patrimonial al pasar por alto los cinco años del que trata la norma.  

Credito
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