Prescripción en favor de la cooperativa Cooperamos ocasionaría un detrimento

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
EL NUEVO DÍA conoció una queja en la que se denuncia un presunto favorecimiento de la Secretaría de Hacienda al declarar la prescripción de una deuda por ICA a Cooperamos.

Una denuncia sobre un presunto hecho irregular prende las alertas con respecto al procedimiento surtido para declarar la prescripción de una deuda que debía asumir la cooperativa Cooperamos en liquidación, por impuesto de Industria y Comercio.

De acuerdo con la denuncia, el Municipio dejó de percibir 232 millones 998 mil pesos, que la cooperativa adeudaba desde 2004 al no declarar el tributo.

En la queja se pide a la Contraloría municipal investigar fiscalmente al secretario de Hacienda, Juan Espinosa; la directora de Rentas, Martha Ascencio, y el asesor de dicha dependencia, Javier Enrique Guzmán Pita. Así mismo, que se dicten medidas cuatelares sobre los bienes y cuentas de los presuntos responsables, en aras de resarcir dichos dineros.

El caso

Según lo expuesto por el denunciante, la Dirección de Rentas emplazó y profirió la liquidación del aforo en contra de la cooperativa el 10 de julio de 2007.

Sin embargo, la entidad hizo uso del recurso de reconsideración el cual fue inadmitido al haber sido presentado de forma extemporánea. Posteriormente el Municipio resolvió de fondo en enero de 2008 la reposición impetrada.

Cooperamos en liquidación interpuso ante el Juzgado Séptimo Administrativo la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, que fue resuelta el 5 de marzo de 2012.

En la decisión el Juez declaró el “indebido agotamiento de la vía gubernativa” y se abstuvo de pronunciarse a fondo. La decisión fue apelada ante el Tribunal Administrativo y el 30 de mayo de 2013 confirmó en la decisión en primera instancia.

Según la denuncia, el 2 de marzo del año pasado, Cooperamos radicó un derecho de petición en Hacienda Municipal solicitando la prescripción de la acción de cobro en razón a que ya había transcurrido cinco años sin que se hubiera ejecutado la acción.

“Desde que se presentó el escrito, el hoy secretario de Hacienda, Juan Espinosa, se apersonó para dar la respuesta, pidiendo a un colaborador abogado que no estaba contratado, resolviera en favor reconociendo la prescripción”, precisa.

La proyección del auto estuvo a cargo de la Tesorera (e) y asesora Jurídica, Silvia Esperanza Villada Cardona, quien se abstuvo de firmar el auto.

Al regreso de la titular del cargo, Yenni Milena González también se negó a firmar el acto administrativo, aparentemente al consultar un abogado, quien conceptuó que la acción no estaba prescrita, pues el aforo adquirió ejecutoría desde el momento en que el Tribunal se pronunció en 2013.

La denuncia afirma que al negarse a ejecutar dicha acción González renunció.

Sin embargo, una vez asumió Ascencio se ordenó la prescripción del proceso, aunque se advierte que Guzmán Pita tenía conocimiento de la situación sin que informara antecedentes a la Directora de Rentas.

El quejoso señala que desde la fecha en que se presentó la acción de nulidad y restablecimiento contra la liquidación del aforo y hasta la decisión judicial definitiva del Tribunal, no era viable librar mandamiento de pago. Sin embargo, desde que quedó la decisión en firme el Municipio tendría hasta el 30 de mayo de 2018 para ejecutar la acción de cobro a la cooperativa.

Credito
EL NUEVO DÍA

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