Departamento controvierte al Municipio en responsabilidad de análisis al agua

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
Laboratorio de Salud Departamental sí ha recibido las muestras de agua de acueductos comunitarios de Ibagué, advierte la Gobernación.

La secretaria de Salud del Tolima, Sandra Liliana Torres Díaz, fue enfática en decir que es a la Administración municipal a la que le corresponde hacer el respectivo contrato para el análisis de muestras fisicoquímicas y microbiológicas del agua en los acueductos comunitarios del Municipio.

Según la funcionaria, la ley 715 de 2001 establece que los municipios de categorías primera, segunda y tercera, deben vigilar en su jurisdicción la calidad del agua. Por esta razón, es deber del ente territorial ejecutar las acciones de inspección, vigilancia y control de los factores de riesgo del ambiente que afectan la salud humana y de control de vectores y zoonosis.

La competencia a cargo de la Gobernación del Tolima está circunscrita en los corregimientos departamentales y en los municipios de categoría cuarta, quinta y sexta de la jurisdicción.

Por otro lado, la funcionaria explicó que en 2016 el Laboratorio de Salud Pública Departamental procesó 438 muestras de los acueductos comunitarios de Ibagué y el año pasado 408.

“En ningún momento la Secretaría de Salud ha jugado con la salud de los ibaguereños, quiero aclarar que en el primer trimestre de año no hay evidencia en el Laboratorio de Salud Pública que indique que el Municipio de Ibagué haya entregado muestras para análisis como tampoco una solicitud formal”, dijo la funcionaria.

Así mismo, reiteró que solo hasta mediados de abril se allegaron las primeras muestras, pese a que no mediaba ningún contrato ni contraprestación alguna por parte de la Administración municipal.

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La funcionaria alegó que este año no se logró firmar el convenio, ya que fue entregado por la Secretaría de Salud de Ibagué en plena Ley de Garantías y era imposible darle viabilidad.

“La Secretaría de Salud cumple con su competencia en los 46 municipios y cumple con el principio de subsidiaridad en los términos a la norma frente a la inspección, vigilancia y control, que es un municipio de categoría uno”, sentenció Torres.

El Municipio alega que la Administración departamental solo estaría recepcionando las muestras en cumplimiento a fallos de acción popular.

Así mismo, que, con base a concepto expedido por el Ministerio de Salud, es deber legal del Departamento efectuar el análisis a las muestras y sería “improcedente, que en la actividad de salud departamental, pretenda cobrar a sus municipios por la realización de los análisis de laboratorio de interés en salud pública, vigilancia y control sanitario, que más que un servicio constituye una función de apoyo en cumplimiento de la competencia en cuestión y que le es propia al Departamento por disposición legal”.

 

Frase

"Nosotros no estamos jugando con la salud de los ibaguereños, por el contrario, hemos estado siempre prestos a procesar las muestras y entregar los respectivos análisis", Sandra Liliana Torres Díaz.

Credito
EL NUEVO DÍA

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