Ibal ganó demanda que había interpuesto el consorcio Presea Ibagué

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
Ibal ganó la demanda que había interpuesto el consorcio Presea Ibagué y sus asociados, contra dicha empresa de acueducto y alcantarillado. Fallo de única instancia.

En audiencia, el tribunal de arbitramento, dentro del proceso arbitral convocado por el consorcio Presea Ibagué en contra del Ibal SA ESP, falló a favor de la empresa ibaguereña de acueducto y alcantarillado Ibal SA ESP.

En dicho laudo arbitral, el tribunal negó las pretensiones del consorcio Presea y declaró probada la excepción interpuesta por el abogado de la empresa de acueducto de, inexistencia de la obligación o responsabilidad del Ibal.

Contra esta decisión del tribunal no procede recurso de reposición, ni de apelación, solo procedería la anulación del laudo ante el Honorable Consejo de Estado si se dieran los requisitos de ley para ello.

La demandante buscaba el reconocimiento y pago a su  favor de una suma de dinero aproximada de tres mil 500 millones de pesos, como consecuencia de la ejecución del contrato suscrito entre ellas, para la prestación de los "servicios en la modalidad de gestión por resultados para el apoyo en el desarrollo de las actividades relacionadas con los procesos de gestión comercial, elaboración catastro de usuarios, control pérdidas y gestión tecnológica de la Empresa lbaguereña de Acueducto y Alcantarillado Ibal S.A. E.S.P.", contrato suscrito en la Administración anterior en el año 2013.

El Ibal fue demandado por el presunto incumplimiento de las obligaciones contractuales específicamente en lo que tiene que ver con:

1.- En relación con el catastro de usuarios.

2.- En relación con el componente variable de la remuneración sobre el diferencial positivo de ingresos del recaudo corriente frente a la línea base.

3.- En relación con el suministro y la instalación de medidores.

4.- En relación con la elaboración de facturas.

5.-. En relación con descuentos en la remuneración, imputados al pago de IVA por servicios previstos en las resoluciones de costos de conexión.

La defensa del Ibal demostró en el curso del proceso, que el consorcio Presea Ibagué no cumplió con la obligaciones contractuales pactadas en el contrato No. 081 de 2013.

Al consorcio Presea Ibagué fue condenado al pago de las costas procesales.

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