Gerente de la USI debe dejar el cargo: Anthoc

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
La Supersalud ratificó y calificó como “insatisfactorio” el cumplimiento del Plan de Gestión de la entidad (2017).

La Junta directiva de la USI estaría pendiente de convocar una nueva reunión para dar aplicación a la ley 1438 que fija el proceso para evaluar los planes de gestión de los gerentes de las empresas sociales del Estado (ESE) y que advierte que si el resultado es insatisfactorio este será causal de retiro del director o gerente de la entidad.

Lo anterior con base en la resolución 011635 del 19 de diciembre de 2018 por medio de la cual la Superintendencia de Salud, en respuesta a un recurso de apelación interpuesto por la actual gerente de la USI, Elsa Graciela Martínez, dejó en firme la calificación dada por la Junta Directiva el 12 de abril de 2018 al Plan de Gestión de la ESE (2017) y el cual fue insatisfactoria y obtuvo un puntaje de 2.48.

Sin embargo, Martínez interpuso recurso de reposición y la Junta Directiva mediante resolución del 5 de mayo aumentó la calificación a 3.12 no siendo suficiente para que continúe en la gerencia de la USI.

Según el fiscal del sindicato de Anthoc (Tolima), Víctor Hugo Pérez Contreras, el puntaje mínimo es 3.50 para continuar en el ejercicio del cargo.

“Como organización sindical solicité a través de derecho petición a la Supersalud ratificar la calificación otorgada por la Junta Directiva toda vez que a la Gerente le quedó grande el manejo institucional de la empresa, máxime cuando en junio de 2018 se fusionó con el hospital San Francisco”, manifestó.

La Supersalud refiere que una vez se realizó la verificación de los documentos allegados por Martínez, la calificación debería ser de 2.72, pero en aplicación al principio de no agravar la situación jurídica de la directiva, se dejaría la calificación otorgada por la Junta Directiva, una vez fue resuelto el recurso de reposición.

Para Pérez genera suspicacias que después de haber transcurrido más de un mes, la Junta Directiva no se haya reunido para dar aplicación a lo contenido en la ley 1438 y la resolución de la Supersalud.

“La resolución fue emitida el 19 de diciembre, pero vemos con extrañeza que la gerente de la USI ha guardado hermetismo, toda vez que fue comunicada de esa resolución el 9 de enero y para la fecha ni la Junta Directiva lo sabía. Como organización sindical hicimos llegar el acto administrativo a los miembros de la Junta y estamos a la espera de que se dé cumplimiento a la resolución. El Alcalde debe citar a la junta y comunicarle a la gerente que no puede continuar en el cargo”, indicó Pérez.

 

Los hallazgos a la USI

 La Supersalud en revisión de la documentación ratificó 48 hallazgos a la USI. Señala como falencia administrativa lo relacionado con la periodicidad bimensual de las reuniones ordinarias de Junta Directiva y que no se está cumpliendo.

No cuenta con un comité asesor de compras y servicios que evalúe las propuestas presentadas por los oferentes.

Compromete recursos sin verificar el monto de los recaudos, por tal motivo no hay equilibrio presupuestal con recaudos y el proceso de priorización del gasto en las vigencias 2016 y 2017. No cuenta con política, gestión y procedimiento de priorización de pagos.

No evidencia tener un sistema de costos que le permita determinar de manera activa los costos de los servicios ofrecidos, y no está apropiando el 5% correspondiente a mantenimiento hospitalario.

Credito
IBAGUÉ

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