Formulan pliego de cargos a excontralores de Ibagué por omisión de sus deberes

Crédito: Archivo - EL NUEVO DÍA
El ente de control tomó la decisión por una presunta omisión de sus deberes dentro de un proceso de responsabilidad fiscal contra el Ibal.
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La Procuraduría Regional del Tolima elevó pliego de cargos contra los excontralores encargados de Ibagué, Mauricio Visash Yepes y Julio César Vásquez, a quien se les acusa de presuntamente omitir sus deberes dentro del proceso de responsabilidad fiscal 112-0841-2013.

Según la entidad, Visash y Vásquez no se pronunciaron sobre el levantamiento de una medida cautelar de embargo de bienes del 2012, pese a que ya había sido decretada la terminación de la actuación, situación que se mantuvo en el tiempo de manera presuntamente injustificada.

Para el caso de Mauricio Visash, quien fungió como contralor (e) desde el 20 de abril del 2016 hasta el 28 de julio 2017, el exfuncionario no habría incluido dentro de la providencia que decretó la prescripción del proceso de responsabilidad fiscal 112-0841-2013, el levantamiento de la medida cautelar, cuando era lo que correspondía por mandato legal, lo que para la Procuraduría la actuación es considerada una falta grave a título de culpa grave.

Entretanto, Julio César Vásquez, quien se posesionó en el cargo también en encargo el 28 de julio de 2017 hasta el 2018, se le acusa de una posible omisión al presuntamente dilatar la toma de decisiones dentro del proceso de responsabilidad fiscal, falta que también fue calificada como grave

“Incumplió posiblemente un deber funcional al haber omitido, en la calidad ya anotada, el efectuar pronunciamiento sobre la solicitud de levantamiento de medidas cautelares (...) en su lugar efectuar acciones distintas del pronunciamiento que le resultaba exigible, tales como reportar a la Auditoría General de la República la novedad del no recibimiento del expediente por parte de la Contraloría Departamental, y el proponer un conflicto negativo de competencias, cuando ya el Tribunal Administrativo del Tolima con providencia del 22 de julio de 2016, se había pronunciado al respecto”, acotó el ente de control.

Para la Procuraduría Regional de Tolima, tras terminarse el proceso por prescripción de la acción debía decretarse el levantamiento inmediato de las medidas cautelares sin someter a los implicados a una espera que no tenía razón de ser.

El fallo de responsabilidad fiscal en mención se trataba de un proceso que se adelantaba contra la empresa de acueducto y alcantarillado Ibal.

Credito
EL NUEVO DÍA

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