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De acuerdo con los corporados, este acuerdo busca fomentar el recaudo en los tributos municipales, tales como el impuesto predial, así como el de industria y comercio, que hacen parte de los ingresos corrientes, y a la vez otorgar un mayor plazo para que los contribuyentes realicen sus pagos.
Industria y Comercio
La presentación y pago del impuesto de Industria y Comercio para los contribuyentes será de la siguiente manera: Cancelando la totalidad del gravamen con la presentación de la declaración privada del Impuesto de Industria y Comercio, entre el 01 de enero y el 30 de junio del 2021.
Una alternativa es cancelando el impuesto en dos cuotas establecidas: La primera se debe realizar al momento de la presentación de la liquidación privada, entre el 01 de enero y el 30 de junio del 2021, y corresponde al primer 50% del valor total del Impuesto de Industria y Comercio liquidado.
Mientras que la segunda se debe cancelar, a más tardar, entre el primer día hábil de julio y el 30 de agosto de 2021, y equivale al segundo 50% del valor total del Impuesto de Industria y Comercio liquidado.
Impuesto predial
- 15% hasta el 30 de mayo de 2021.
- 10% hasta el 30 de junio de 2021.
- 5% hasta el 31 de julio de 2021.
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