El superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez indicó que el plazo para la recolección de documentos se extiende hasta el 1 de marzo de 2015, dando más tiempo a los armeritas para la consecución y presentación de los documentos.
Así mismo, el Supernotariado anunció que a partir del lunes 29 de diciembre, las notarías del país también estarán habilitadas para recibir la documentación de la población de Armero que se estableció en diferentes regiones del país.
Los armeritas interesados en beneficiarse de esta Ley deberán presentar en las Oficinas de Registro, documentos como Escrituras Públicas (copia auténtica), recibos de pago de impuestos prediales de la época, recibos de pago de servicios públicos y otros que permitan comprobar la relación entre el propietario y el bien inmueble.
Además de ampliar el plazo para la recepción de documentos, que se realiza a través de las 193 oficinas de registro del país, el Superintendente de Notariado habilitó a las notarías de todo el país para que también reciban dicha documentación.
Documentos
Los documentos que se deben presentar son: escrituras públicas (copia auténtica), recibos de pago, de impuestos prediales de la época, recibos de pago de servicios públicos y otros que permitan comprobar la relación entre el propietario y el bien inmueble.
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