Tribunal Superior falla en contra de exgerente del hospital Federico

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
Aunque en 2013 se había resuelto el caso a favor del exdirectivo, la sala penal del Tribunal Superior resolvió que no, por lo tanto entregó un pena de 60 meses en prisión domiciliaria.

El exgerente del hospital Federico Lleras Acosta, Alfonso Ricaurte Riveros, recibió un fallo en contra de 5 años de prisión y el pago de una multa de 60 salarios mínimos, por ser considerado el presunto responsable del delito de interés indebido en celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales.

La decisión que fue entregada recientemente por la sala penal del Tribunal Superior de Ibagué, hace alusión al proceso que se dio en 2005 para la compra de unas lámparas destinadas al área de cirugía, cuya disponibilidad presupuestal era de $73 millones.

Según el expediente del caso, en ese entonces se pidió una cotización para la adquisición de dichos elementos, en este proceso quien obtuvo mayor puntaje fue la firma Jorge Machado Equipos Médicos Ltda, con 940 puntos y en segundo lugar se ubicó Gilmédica Ltda con 935 puntos.

Teniendo este resultado, se establecería que la adjudicación se debía hacer a la empresa que obtuvo mayor puntuación, sin embargo, a través de la resolución 1793 del 9 de noviembre de 2005 el entonces gerente Ricaurte Riveros, decidió adjudicarle el contrato a Gilmédica Ltda, sobre la base del concepto técnico que indicaba que las lámparas ofrecidas por esta compañía serían ideales para satisfacer el servicio de cirugía.

Asimismo, se explica que aunque “solo era adjudicar el contrato, decidió ordenarle a la jurídica de la Empresa del Estado, que elaborara otro acto administrativo (…) adjudicando el contrato a la empresa Gilmédica”.

Teniendo en cuenta los hechos, el Tribunal concluyó que Ricaurte es autor responsable, ya que posiblemente celebró contratos sin el cumplimiento de requisitos legales en concurso, ya que es evidente que conocía los hechos constitutivos de las infracciones.

Es por ello que el resuelve del caso que tuvo al magistrado Efraín Franco Gómez, como proponente, determinó revocar la sentencia entregada en el 2013 por el Juzgado Séptimo Penal del Circuito, en el que absolvía al exgerente como autor responsable del delito imputado, también, cumplir con una pena de 60 meses en arresto domiciliario, inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término.

Cabe recordar que ante esta decisión procede el recurso extraordinario de casación o anulación de la sentencia.

Credito
XIMENA VILLALBA C.

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