Por el momento, son cuatro los títulos mineros que no tienen la restricción, acción que quedó plasmada en la resolución No. 1447 del 23 de abril de 2019, en el que se ordenó “levantar de manera provisional la medida preventiva de suspensión, hasta cuando el equipo técnico de Cortolima revise, evalúe y verifique que las condiciones establecidas en la resolución No. 3664 del 14 de noviembre de 2018 aclarada mediante resolución No. 3955 del 7 de diciembre de 2018, si se están cumpliendo y si desaparecieron las causas que originaron la medida preventiva de suspensión”.
Las medidas preventivas se habían aplicado a 18 títulos mineros por el alto riesgo de sobreexplotación que presentaban las afluentes y su disminución en el caudal.
No obstante, los cuatro títulos mineros aprobados deberán cumplir con varias obligaciones como realizar los estudios batimétricos, hidrológicos y sedimentológicos que servirán para determinar el cumplimiento de lo establecido en las resoluciones anteriores y solo podrán explotar hasta un máximo del 50 % de los volúmenes autorizados en los Planes de Trabajos y Obras.
Comentarios