‘Tambalea’ elección de Personero en Icononzo

Crédito: Archivo - El NUEVO DÍAAnte la decisión de nulidad, el Concejo como demandado tiene el derecho de apelación.
El Juzgado Noveno Administrativo Oral del Circuito de Ibagué declaró, en primera instancia, nulidad del acto de elección de Fernando Alberto Rodríguez Ramírez como personero de Icononzo, debido a presuntos vicios en la selección de la entidad que acompañó el concurso de méritos, es decir, la Federación Colombiana de Autoridades Locales, Fedecal.
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El demandante en este caso, es la Procuraduría 216 Judicial I Administrativo, porque  consideró que se incurrió en varias fallas, como escoger a Fedecal, entidad que según concepto de la Procuraduría General de la Nación, PGN, tenía deficiencias para adelantar procesos de selección.

Y se precisa “dentro del certificado de existencia y representación legal, se indica que es una entidad sin ánimo de lucro, con un amplio y ambiguo espectro de acción y labores; precisando además que carece de cualidades y requisitos de idoneidad, así como de certificación por parte de los entes nacionales respectivos, que le habiliten al efecto”, es decir, selección de personal.

Dicha situación fue alertada por el PGN oportunamente para prevenir “vicios en los actos de elección”, se precisa en el oficio del Juzgado. 

A pesar de los cuestionamientos y advertencias en plenaria del Concejo fue elegido Rodríguez Ramírez el 23 de junio de 2020.

Entre los argumentos de la defensa del Concejo está que Fedecal “brindó asesoría y acompañamiento a la Corporación para que se adelantara un proceso de selección ‘objetivo y correcto’”.

Una vez analizado el caso, el Juzgado determinó que Fedecal efectivamente no cumplía con la idoneidad necesaria para “liderar o por lo menos acompañar, el caso de selección el Personero Municipal de Icononzo”, igualmente, se expone aunque dentro de los estatutos aparece el servicio de selección de personal como una actividad a fin, no se logró probar que la entidad contara realmente con “el personal, los equipos, la preparación técnica y profesional que denotara su especialidad en procesos de selección de personal, como demanda la Ley”.

Dichas fallas fueron vistas por el Despacho como vicio en el proceso que terminó con el acto de elección del representante del Ministerio Público para el llamado ‘Balcón del Oriente’.

Credito
EL NUEVO DÍA

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