Desde el próximo mes, los más de tres mil conductores de taxi que existen en Ibagué deberán estar afiliados al Sistema Integral de Seguridad Social, que incluye el pago de pensión, salud y riesgos laborales, informó Elio Fabio Rodríguez, dtrector territorial de Trabajo en el Tolima.
El funcionario explicó que los alcances de la medida, que fueron divulgados por el Ministerio, son conocidas por las empresas del sector transporte de la ciudad, las entidades Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), cajas de Compensación Familiar y la Secretaría de Tránsito.
De acuerdo con Rodríguez, es responsabilidad de los empresarios y propietarios de los tres mil 70 taxis registrados en la Ciudad Musical afiliar a sus conductores.
Y también es obligación, advirtió, que se presente esa información ante la Secretaría de Tránsito municipal antes del próximo 31 de marzo, para que esta verifique y cargue los datos en una plataforma en línea.
Rodríguez afirmó que el total de taxistas en Ibagué podría ascender a seis mil 140, considerando que cada vehículo es conducido por dos personas en dos turnos distintos.
Según estimaciones de la territorial del Ministerio del Trabajo, en la actualidad solo el 10 por ciento de ese total de conductores cuenta con seguridad social.
“De esos hasta hoy existen 680 taxistas afiliados, muy poco”, precisó Rodríguez, quien aclaró que la medida no solo aplica para Ibagué, sino también para las empresas de taxi y propietarios de todos los otros 46 municipios del Tolima.
Ventajas
Entre los beneficios que se podría generar con la iniciativa del orden nacional y que es reglamentada por el decreto 1047 de junio de 2014, Rodríguez señaló el incremento de la estabilidad laboral del conductor de taxi.
Y añadió que se espera que haya un mayor control de parte de las empresas de transporte a los conductores, lo cual pretende garantizar la integridad y seguridad de los mismos usuarios del servicio.
Seguridad social
Elio Fabio Rodríguez explicó que detrás del negocio del transporte de taxis existen dos tipos de empresas que son las responsables de cumplir con la ley.
En primera medida están las empresas jurídicas, que incluyen a las cooperativas de taxis y a las empresas de transporte que cuentan con esos vehículos y que operan en la ciudad y el Departamento. En Ibagué existen 11 empresas.
Entre tanto, están las empresas naturales, explicó Rodríguez, que corresponden a los propietarios de taxis, también denominado “un empresario natural”, que puede ser dueño de hasta cinco vehículos.
Rodríguez advirtió que para el decreto 1047, los denominados taxistas independientes son vistos como un “empresario natural”, también responsables de cumplir lo que ordena la ley.
El funcionario recordó que la ARL la paga en su totalidad el empleador, es decir la empresa o el propietario del vehículo.
Mientras tanto, en el caso del pago de salud y pensión, el 75 por ciento lo deberá asumir el empleador y el restante 25 por ciento el empleado, en este caso, el conductor del vehículo.
Control y sanciones
El Director informó que las autoridades de tránsito podrán verificar el cumplimiento del decreto 1047, que reglamenta la medida, mediante una plataforma en línea.
Se trata del Sistema Unificado de Tarjetas de Control (Sutc), el cual otorga información de cada conductor a partir de los datos de las empresas de transporte y de los mismos propietarios de los vehículos.
La medida prevé asignar a cada conductor una tarjeta que tendrá un código Q.R., con la cual se podrá conocer si el conductor y el vehículo cuentan con los documentos al día o en este caso, si el conductor está afiliado al Sistema Integral de Seguridad Social.
Con respecto a las sanciones, Rodríguez informó que a lo largo de abril se impondrá comparendos pedagógicos por el no cumplimiento de los requisitos que exige el decreto 1047.
Y desde mayo las jornadas de orientación terminarán y vendrán los verdaderos comparendos, que acarrearán el pago de multas de un salario mínimo mensual vigente ($644.350), esto sumado a la inmovilización del vehículo con los costos que ello implica.
Para el caso de las empresas jurídicas, Rodríguez explicó que dependiendo del caso, pueden ser sancionadas con el pago de hasta 100 salarios mínimos mensuales vigentes, es decir más de 64 millones de pesos.
En cuanto a las empresas naturales, pueden recibir una sanción que los conmina al pago de hasta 25 salarios mínimos mensuales vigentes, que equivale a más de 16 millones de pesos.
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