Por fallas en pago de vacaciones, multan con $234 millones a empresa de seguridad

JORGE CUÉLLAR – EL NUEVO DÍA
La sanción de la cartera se da por los retrasos en conceder y anunciar las vacaciones de un guarda y no facilitar la investigación del inspector laboral.

Mediante la resolución 018 de enero de este año, el Grupo de Prevención, Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Trabajo territorial Tolima sancionó con una multa de $234 millones 372 mil 600 a la empresa Seguridad Atlas Ltda. por haber incumplido en el pago y correcta prestación de las vacaciones a uno de los guardas de seguridad que trabaja para la compañía, además por no haber facilitado los documentos requeridos por la cartera laboral en el marco de la investigación.

De acuerdo con el documento del Ministerio, la empresa de seguridad incurrió en varias irregularidades en el pago y concesión de las vacaciones al guarda Jesús Antonio Horta, a quien durante los años 2014, 2015 y 2016 no le otorgaron su derecho a vacaciones ni descanso.

Según la investigación, solo hasta el 6 de diciembre de 2016 al guarda Horta le concedieron las vacaciones que le correspondían por lo laborado durante 2014 y 2015, sin embargo cuando le concedieron las vacaciones, no lo hicieron en los tiempos que había solicitado el trabajador.

“Durante el 2014 y 2015 no disfrutó de su periodo de descanso por vacaciones y solo hasta finales de 2016 se concedieron las mismas, lo que deja una diferencia de dos años y medio para la fecha en que se adquirió el derecho”, precisa la resolución del Mintrabajo.

Con respecto al descanso de Jesús Hortua de 2016, al cual tenía derecho por lo laborado en años anteriores, Atlas Ltda. solo le dio el derecho hasta febrero del año pasado, siendo que al trabajador debían concedérsele las vacaciones entre junio de 2015 y junio de 2016, lo que generó nuevamente un atraso y violaciones a los artículos 186, 187 y 190 del Código Sustantivo del Trabajo.

Por las irregulartidades en el tema de vacaciones del señor Hortúa se multó a Atlas con $156 millones 248 mil 400. Asimismo, en el marco de las investigaciones se multó con otros $78 millones 124 mil 200 a la compañía por no facilitar al inspector del Ministerio del Trabajo territorial Tolima, los documentos solicitados.

El Ministerio señaló que además de pedirle a los directivos de Atlas la información de las vacaciones de Hortúa, pidió datos de otro trabajador, hecho al que la compañía se negó argumentando que era una petición “exótica” y que no tenía relación con la querella laboral que presentó el mencionado guarda laboral y que el inspector se estaba extralimitando en sus funciones.

Cabe recordar que el dinero de la multa será destinado al Sena. Segurdiad Atlas Ltda. cuenta con 15 días hábiles, que cuentan desde el pasado 18 de enero, para cancelar los poco más de $234 millones.

El director territorial Tolima del Ministerio del Trabajo, Elio Fabio Rodríguez, aseguró a esta casa editorial que el Grupo de Vigilancia y Control de la entidad adelanta investigaciones para poner en cintura a empresas del sector en la ciudad que están cometiendo irregularidades con sus empleados.

 

Vacaciones

El Código Sustantivo del Trabajo establece 15 días hábiles consecutivos de vacaciones anuales remuneradas (uno y dos tercios de un día por cada mes de servicio), después de completar 12 meses laborados continuamente.Las vacaciones anuales se le deben dar al trabajador dentro del año de su cualificación. El empleador, en consenso con el empleado, determina el calendario de las vacaciones y se le deberá avisar al trabajador su conseción con 15 días de antelación.

El empleador y el trabajador podrán acordar, por escrito, la solicitud del empleado para que se le pague el subsidio de vacaciones al trabajador en efectivo hasta la mitad de las vacaciones.

Asimismo el Código permite tanto la acumulación como la división de las vacaciones anuales. Cabe aclarar que un trabajador debe disfrutar cada año mínimo de 6 días laborables de vacaciones. Las partes podrán convenir en acumular los días restantes de vacaciones para un máximo de dos años.

Credito
CAMILO JAIMES

Comentarios