La decisión contempla que Rendón deberá notificar a las autoridades buena conducta, no salir del país, abstenerse de incurrir en conductas punibles y colaborar con la justicia.
Sin embargo, para que se haga efectiva la decisión del Tribunal, las autoridades deberán verificar que el exparamilitar no tenga otros requerimientos de la justicia, pues de encontrarse alguna solicitud por delitos cometidos posterior a su desmovilización, debe quedar a disposición de las autoridades competentes.
Cabe recordar que el juez de ejecución de penas no solo negó la libertad, sino que negó la acumulación de penas, la libertad parcial y libró una orden de captura para que el procesado cumpla una condena de ocho años que tiene por otro proceso, lo cual tendrá que verificar la Fiscalía.
En palabras de la juez, Rendón Herrera no cumplió con los requisitos necesarios para obtener los beneficios que establece Justicia y Paz.
Decisión por la cual Rendón Herrera reclamó a la juez y procedió por medio de su abogada a la apelación. “El mensaje que hoy se esta mandando es equivoco. El Estado miente, pacta algo y se legisla para eso, pero en el momento de las interpretaciones de la ley transicional que no haya repetición y nos podamos reconciliar con la sociedad no se cumple. Como bien lo manifiesta mi defensa apelaremos la decisión para que se revise esta situación”.
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