La Contraloría Municipal de Ibagué hizo algunos hallazgos disciplinarios y administrativos al contrato de obra 2326 de 2014, ejecutado por Hugo Miguel Ferro y con el que se adelanta la terminación de las obras civiles del Panóptico. En este, se habrían encontrado algunas deficiencias.
Dichas indagaciones fueron realizadas en el marco de una auditoría especial a la gestión contractual de la parte nueva del Panóptico y tras el informe definitivo, entregado a la Secretaría de Cultura Turismo y Comercio y la Alcaldía de Ibagué, se presentaron observaciones que, según la Contraloría, afectan el desarrollo normal del contrato, el cual tiene un valor de mil 852 millones de pesos.
Así las cosas, se hicieron hallazgos disciplinarios y administrativos.
Hallazgo disciplinario - administrativo
Respecto al hallazgo disciplinario y administrativo, según el informe de la Contraloría, se evidenció que debido a la ausencia de planeación y controles adecuados dentro de la etapa precontractual, se permitió la realización de diseños y estudios técnicos que no correspondían a las necesidades actualizadas del proyecto.
Esto, al momento de realizarse la contratación, generando en la etapa contractual modificaciones sustanciales y suspensiones dentro de la etapa de ejecución. Este es el caso de 63 ítems no previstos que se incluyeron en el acta de recibo parcial 01 por un valor correspondiente al 77.29 por ciento del total del acta.
Así mismo, para la Contraloría se evidenció el desconocimiento por parte de la interventoría de su obligación, como por ejemplo, sugerir las medidas que considerará necesarias para la mejor ejecución del objeto pactado.
De acuerdo con el informe, esta irregularidad se vio reflejada en situaciones en que algunos ítems presentan menores espesores de material colocados, lo que representa mayores valores pagados de obra.
Además, advierte sobre actividades ejecutadas con procedimientos distintos a los contemplados en las especificaciones, lo que implica posibles sobrecostos en la ejecución de este contrato.
Dentro del informe se expone que “para algunas actividades se cancelan mayores cantidades de obra de las ejecutadas por el contratista hasta la fecha de elaboración del acta parcial; como también se cancelan como ejecutadas en su totalidad actividades para las que el contratista solo ha realizado el suministro de los materiales”.
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