Para lograrlo solicitó el miércoles al legislativo que sometiera a votación la integración de los principios de alternancia y paridad dentro del artículo 22, que permitirá la presencia de mujeres en las corporciones públicas.
El llamado hecho por la Senadora obtuvo el apoyo de la también congresista María del Rosario Guerra de la Espriella, del Centro Democrático, quien concordó con la necesidad que hay en que las listas las integre el 50 por ciento de las mujeres.
La iniciativa también tuvo el respaldo de parlamentarias de diferentes movimientos, con lo que alcanzó finalmente 64 votos a favor.
Cabe recordar que en el artículo 22 de la ponencia se hace referencia a la elección popular, que consta de los incisos sobre listas cerradas y bloqueadas, lista de género o cremallera, regulación de la financiación y representación regional.
La mayoría de las bancadas dejó muestra de su desacuerdo con el inciso segundo (listas cerradas) de este artículo, por lo que impulsó su voto negativo.
En cuanto al inciso tres, que hace referencia al principio de paridad y la universalidad de la participación de la mujer en la política, la plenaria votó positivamente.
Por su parte, la senadora Sofía Gaviria, del Partido Liberal, en relación con la lista cremallera, sostuvo que “este es un tema de justicia social, no de consideración. Apoyar que el 50 por ciento de las listas de cada partido debe estar compuesto por mujeres”.
Y la senadora Myriam Paredes, del partido Conservador, explicó que con esta lista se busca disminuir la brecha de discriminación que existe contra la mujer.
Por otra parte, la congresista Martínez ha apoyado distintos trámites que han permitido avances en el tema de equidad de género y conllevado a varias leyes, entre ellas la 1542 de 2012, por la que se reformó el artículo 74 de la ley 906 de 2004, Código de Procedimiento Penal.
Mediante esta ley se elimina el carácter de querellables y desisitibles de los delitos de violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria.
Los beneficios que tiene la Ley radican en que cuando una mujer sea violentada por su esposo o exista “inasistencia alimentaria”, no es necesario que ella presente una denuncia o querella, sino que lo puede hacer cualquier persona que conozca de los hechos, tales como los familiares, entre otros.
Igualmente, las autoridades deberán investigar todos los casos que tengan en conocimiento.
Y la violencia intrafamiliar e inasistencia no es excarcelable, y conserva una pena de cuatro a ocho años.
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