PUBLICIDAD
En esa oportunidad, la comunidad de Piedras expresó su rechazo al desarrollo de actividades mineras contaminantes en su territorio, pues 2.971 personas manifestaron categóricamente no estar de acuerdo con actividades de minería y cualquier otra que pudiera contaminar sus aguas.
De acuerdo con la proposición, impulsada por el diputado Renzo García, la sentencia se emitió “en medio de algunas irregularidades que vale la pena analizar como Asamblea en pro de ayudar a defender los derechos fundamentales de la ciudadanía y las bases del estado social de derecho colombiano”.
Según el asambleísta, el Tribunal decidió la pérdida de fuerza ejecutoria del acuerdo sin que eso haya sido solicitado y justificado en la demanda de nulidad, pero además desconoce la voluntad popular y la presunción de legalidad de los actos administrativos, y hace retroactivo cinco años el fallo de tutela de la Corte Constitucional sobre las consultas populares (SU-095 de 2018), sin que ese alto tribunal hubiese previsto tal efecto.
“Estos son algunos de los elementos que proponemos debe analizar la Duma con el objetivo de garantizar los derechos fundamentales de la ciudadanía tolimense y evitar que el Gobierno nacional siga imponiendo todo tipo de proyectos minero-energéticos sin tener en cuenta la autonomía territorial, la vocación productiva de los territorios, los principios democráticos, la participación ciudadana y voz de la ciudadanía”, se lee en la proposición.
Comentarios