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Es verdad que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en los casos de Leopoldo López y Gustavo Petro, se pronunció para advertir que los derechos políticos de los elegidos por voto popular solo se pueden perder definitivamente con una decisión judicial y no administrativa.
Sin embargo, Colombia ha emprendido ajustes que pasaron recientemente por el Congreso para adaptar nuestro ordenamiento interno a esa decisión y, en ningún caso, se ha dicho de manera tajante que la Procuraduría pierda la capacidad de suspender provisionalmente a quien viole el código disciplinario ya sea un funcionario nombrado o elegido popularmente.
Por eso creo que la procuradora Margarita Cabello, obró en derecho, más allá del ‘timing’ político de la campaña y de si este hecho le sirve o no a Daniel Quintero para victimizarse y capitalizar electoralmente la decisión en favor de Petro.
En Colombia nos pasa, con frecuencia, que cuando vemos a un ladrón haciendo de las suyas, gritamos al unísono: “cójanlo, cójanlo” pero cuando ya lo tienen capturado, cambiamos de parecer y decimos rápidamente: “suéltenlo, suéltenlo; qué pesar con ese hombre. A fin de cuentas, no era para tanto”.
Algo parecido ha sucedido ahora. Al Ministerio Público le pedían su intervención ante la descarada participación en política de varios mandatarios y, cuando se produjo la decisión, entonces todo el mundo salió a decir justamente eso: que no era para tanto.
El estado de derecho es el estado de derecho y debe respetarse. Es el derecho, no la política la que debe primar en estos casos y, en ese sentido, hizo bien la Procuradora en señalar lo que pasaba en Medellín como en Ibagué aún cuando cada alcalde esté respondiendo supuestamente por apoyar, en el primer escenario a Petro y, en el segundo, a Gutiérrez. Ya veremos qué ocurre con otros casos parecidos.
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