¿Quiénes son los jueces de Paz?

La figura del juez de Paz fue creada en nuestro país mediante la ley 497 de 1999 con el fin de que quienes fueran elegidos para estos cargos entraran a decidir en equidad, sobre pequeños conflictos comunitarios.

Esto significa que el juez de Paz no decide en derecho, es decir siguiendo las normas legales correspondientes, sino buscando una solución equitativa que deje satisfecha a ambas partes en conflicto. En consecuencia, el juez de Paz no requiere ser abogado. Para ser elegido para este cargo solo debe ser ciudadano Colombiano y haber residido en la correspondiente comunidad por un término no inferior a un año.

Estos jueces de Paz son elegidos por voto popular. La misma comunidad los elige para un período de cinco años y pueden ser reelegidos indefinidamente. Como ya se anotó, ellos deciden sobre conflictos menores alrededor de asuntos que sean conciliables. También pueden imponer sanciones monetarias que no excedan de quince salarios mínimos mensuales legales vigentes para quien no acate sus decisiones. En ningún caso pueden imponer penas privativas de la libertad.

La justicia impartida por los jueces de Paz es gratuita. A su vez, el servicio que presta el juez de Paz también es gratuito, es decir, no recibe remuneración alguna por su gestión. Para el funcionamiento de la infraestructura necesaria a fin de que funcione este sistema de justicia, el Consejo Superior de la Judicatura debe proveer los recursos necesarios.

En cada comuna o corregimiento debe existir un juez de Paz y dos jueces de reconsideración. Estos tienen como función, revisar las decisiones que adopte el juez de Paz cuando así lo soliciten las partes en conflicto.

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