Decisión del Consejo de Estado: suspenden decreto que permitía a Petro asumir regulación de servicios públicos

Crédito: Colprensa / EL NUEVO DÍAEl presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, buscaba facultades para asumir las regulaciones a los servicios públicos.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado ordenó una medida cautelar contra el decreto presidencial 227 del 16 de febrero de 2023, en el cual le daba facultades al presidente Gustavo Petro Urrego para asumir las regulaciones a los servicios públicos.
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“Decretar la medida cautelar de urgencia de suspensión provisional de los efectos jurídicos del Decreto 227 de 16 de febrero de 2023, ‘Por el cual se reasumen algunas de las funciones Presidenciales de carácter regulatorio en materia de servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones’; acto administrativo suscrito por el Presidente de la República, por los ministros: de Hacienda y Crédito Público, de Minas y Energía, y de Vivienda Ciudad y Territorio, y por el Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional”

Tras resolver una solicitud de medida cautelar de urgencia, la Corporación expresó que no se cumplieron los requisitos de publicación y socialización exigidos por la norma, debido a que este decreto fue publicado por el término de dos días y no de 15 días.

Según la decisión, el poco tiempo de publicación de este decreto terminó “afectando con ello, de manera ostensible e injustificada, la posibilidad de que los administrados radicaran sus opiniones, sugerencias o propuestas alternativas respecto del proyecto específico de regulación asociado a un tema tan trascendental y de significativa importancia colectiva”.

De otra parte, este decreto tampoco cumple con el requisito de asignación de funciones adjudicadas al presidente con el decreto presidencial.

Cabe resaltar que el decretó expresa que el presidente tendrá las funciones de carácter general delegadas a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) y a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).

Sin embargo, para el Consejo de Estado es claro que la función de regulación de los servicios públicos son materia tanto del legislador, que sería el Congreso de la República, como del primer mandatario y no de manera autónoma por parte del presidente Gustavo Petro, como se expresó en el decreto.

“Lo que se encuentra irregular es que el primer mandatario de la Nación haya decidido arrogarse la competencia para regular el régimen tarifario de los servicios públicos, rol funcional que, por expresa disposición constitucional, le fue conferido al Congreso de la República”, expresa la decisión.

Por lo tanto, con esta decisión emitida por el Consejo de Estado, serán las comisiones de regulación de los servicios públicos domiciliarios quienes seguirán ejerciendo, de manera ordinaria, todas las funciones que le fueron asignadas.

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