La reserva de la fuente hace parte de los núcleos de la democracia: Corte

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
Corte Suprema concluye que la libertad de expresión y la de información prevalecen a la determinación de responsabilidades civiles, pues conducen a preservar una sociedad deliberante y democrática.

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia determinó que la reserva de la fuente no es un privilegio de los medios de comunicación, sino una herramienta que permite el ejercicio del periodismo y la protección de las libertades de expresión e información como núcleos de la democracia.

La Corte señaló que es una figura esencial para la circulación de la información y su legitimidad, pues en el marco de la función social que cumple el periodismo, permite “conocer aspectos que, de otra manera, serían ocultados o acallados”.

“La reserva de la fuente encuentra núcleo esencial de protección en la facultad que tiene el periodista de abstenerse de revelar el origen, el contenido y/o la forma como accedió a la información, y ello encuentra sustento, se reitera en la función social propia de dicha actividad, como es poner en conocimiento de la comunidad los hechos acaecidos que se tornen relevantes para el conglomerado social. En esa medida, la actividad periodística no solo implica beneficios para quien la ejerce, sino un interés social, factor determinante para protegerla”, dice el fallo.

La Sala destacó la importancia de proteger el derecho a la reserva en su trabajo investigativo, como “aspecto esencial de la actividad del comunicador”, el cual sería imposible ejercer debido a que las fuentes no accederían en muchos de los casos a otorgar la información si no se les asegurara la reserva.

La labor periodística, consigna la Corte, es un ejercicio del derecho a la libertad de expresión e información y, como tal, democrático, legítimo y ajustado a la Constitución Política. “La libertad de expresión es un elemento definitorio del Estado Social de Derecho. Las libertades que de ella se desprenden, entre otras las de opinión y participación, contribuyen a generar espacios deliberativos y pluralistas. El respeto por la diferencia, por la crítica y el pensamiento crítico hacen parte de la democracia”, dice el fallo.

La Corte igualmente señala que la reserva de la fuente tiene una doble connotación, pues también implica el deber periodístico y de actuación responsable, “en la medida que el periodista que no actúe apegado a la verdad y a la imparcialidad de la información, estará inmerso en las sanciones previstas en nuestro ordenamiento colombiano”.

“El secreto profesional o reserva comporta especiales características e impone también obligaciones correlativas, como contrastar la información que se difunde, explicar el contexto en el que se da la noticia, dar cuenta si corresponde o no a una investigación, e incluso rectificar en el caso solicitado, o publicitar los reparos de quienes se consideran afectados con ello, sin poner aditivos”, señala.

La Corte hizo el pronunciamiento al darle la razón en una tutela a Publicaciones Semana frente a una decisión de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá que, mediante el aval de una prueba, la exhortaba a exhibir documentos amparados por la reserva de la fuente periodística.

 

AMI celebra fallo

La Asociación Colombiana de Medios de Información, AMI, celebra que la Corte Suprema de Justicia haya tutelado el derecho a la reserva de las fuentes como pilar para el ejercicio del periodismo, entendido este como un bien esencial para la democracia. 

“Acierta la Corte al revocar su fallo anterior y al inhibir la orden del Tribunal Superior de Bogotá, ratificando así la rica y extensa jurisprudencia colombiana que siempre ha sido consistente en la defensa y protección de esta garantía constitucional”, señaló la agremiación.

Credito
COLPRENSA

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