¿Las EPS están obligadas a atenderlo si usted está en mora?

Crédito: Imagen de ilustración / El Colombiano / EL NUEVO DÍA
Anteriormente, si una persona se retrasaba en los aportes a salud, las EPS podían suspender los servicios a los pacientes.
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A pesar de esto, y según el más reciente fallo de la Corte Constitucional las EPS están en la obligación de atenderlo, aunque usted esté en mora.

Esta decisión del Alto Tribunal indica que los usuarios en ningún momento y por ningún motivo pueden perder la continuidad en sus servicios de salud, por ello las Empresas Promotoras de Salud, deben garantizar el acceso.

Sin embargo, las entidades podrán iniciar procesos legales y cobros jurídicos para recaudar los dineros que el afiliado tenga pendientes.

Las entidades de salud deben, primero, suministrar los medicamentos y practicar los procedimientos idóneos para el restablecimiento de la salud de sus usuarios, y luego, sí, adoptar medidas legítimas para exigir el cumplimiento de las obligaciones correlativas del interesado”, se lee en la sentencia de la Corte.

Esta decisión de los magistrados se tomó teniendo en cuenta que la interrupción de los servicios de salud estaría directamente relacionada con la violación del derecho fundamental a la vida de los colombianos, como se encuentra consagrado en la carta magna.

Los usuarios del Sistema de Salud tienen derecho a acceder a los servicios médicos indispensables para tratar una enfermedad que les causa dolor y deteriora su salud, de forma oportuna y continúa, incluso, si existe mora en el pago de las cotizaciones, pues la protección efectiva del derecho fundamental a la salud prevalece, siempre, frente a cualquier contingencia de tipo administrativo. En cualquier caso, la suspensión del servicio de salud es una medida inconstitucional para exigir el pago de una cotización que está en mora”, indica un apartado el fallo.

En este sentido su EPS no le pueden obligarlo ponerse al día en sus aportes para brindarle la atención necesaria.

De todas formas, recuerde que la entidad podrá tomar acciones legales en su contra para cobrar estos dineros.

Por eso es recomendable que si en algún momento no puede hacer el pago a salud como cotizante, solicite el traslado al régimen subsidiado. 

Credito
Redacción Web

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