A ponerse las pilas con el Centro Transitorio

Los jóvenes tuvieron el centro transitorio en el Cespa.
Crédito: Fotos: Hélmer Parra - EL NUEVO DÍA
En un fallo de tutela el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad amparó los derechos de los adolescentes privados de la libertad de Ibagué para que se ponga en funcionamiento el Centro Transitorio (Cetra) y no tengan que ser llevados a otros municipios y hasta ciudades. 
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Y es que por medio del Procurador 14 Judicial II de Familia, quien interpuso la tutela, en representación de los adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley penal, se conoció que desde el 16 de diciembre del año anterior, la empresa operadora que tenía a su cargo el Centro de Atención Transitorio (Cetra), no pudo seguir con esta función, por tal razón la responsabilidad quedó a cargo del municipio de Ibagué, la Gobernación del Tolima y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (I.C.B.F) regional Tolima.

 

¿Esto qué implica?

 

Al Ibagué y el Tolima quedarse sin operadores para los Centros de Internamiento Preventivo (CIP) y Centro Transitorio (Cetra), los jóvenes que son capturados en flagrancia están sin Centro Transitorio a donde puedan ser trasladados. 

Los adolescentes y jóvenes detenidos permanecen en este sitio máximo 36 horas mientras un Juez de la República determina su situación jurídica y posterior ubicación.

Por tal razón, esto implica que los adolescentes aprehendidos por cualquier conducta punible ahora son trasladados a otros municipios y hasta ciudades fuera del Departamento debiendo ser remitidos a distintas audiencias y al no contar en Ibagué con un centro que se encargue de la custodia de los infractores, se advierte una vulneración directa de los derechos de los menores presuntos responsables. 

 

¿Qué ordenó el Juez?

 

Como primera medida provisional ordenó a la Gobernación del Tolima, la Alcaldía de Ibagué y al I.C.B.F., que en un término de 48 horas a partir de la notificación lleven a cabo todas las actuaciones administrativas tendientes para que dentro de un plazo inferior a las setenta y dos (72) horas entre a funcionar el Centro Transitorio (Cetra) o en su defecto se ubique a los menores infractores en instalaciones que les brinden la seguridad, la comodidad, atención y cuidado acordes con la dignidad humana, evitándose así el traslado de los adolescentes infractores a otras localidades por vulneración de sus derechos fundamentales.

Como segunda medida ordenó a las mismas instituciones vinculadas, para que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas contado a partir de la notificación de la decisión, procedan a realizar las adecuaciones físicas y demás adecuaciones pertinentes al inmueble que será destinado para el funcionamiento del (Cetra), de acuerdo a lo dispuesto en el Manual Operativo de las Modalidades que atienden las medidas y Sanciones del Proceso Judicial y el Código de Infancia y Adolescencia.

Esta medida provisional que de manera excepcional se impartió por vía de tutela tendrá una vigencia de tres meses, término con el que cuenta el accionante para que instaure las acciones constitucionales de rigor ante las autoridades pertinentes.



 

¿Desde cuándo ocurre?

 

Ibagué contaba con un centro donde los adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley penal eran llevados de manera provisional, no obstante, desde cerca del 15 de agosto del año anterior, no está en funcionamiento debido a múltiples inconvenientes en su infraestructura y fue cerrado, debiendo ponerse en funcionamiento el Centro Transitorio (Cetra) de Ibagué, ubicado en las instalaciones del Centro de Servicios Judiciales para Adolescentes (Cespa), estando a cargo de la Alcaldía de Ibagué y el I.C.B.F. Regional Tolima.

Transcurridos dos meses, el I.C.B.F. puso en funcionamiento el Centro de Atención Especializado (CAE) San José con una capacidad menor y en condiciones de baja seguridad, estando dicho centro a cargo del Operador Terciarios Capuchinos de Nuestra Señora de los Dolores, quienes a su vez asumieron el cargo de las modalidades Centro de Internamiento Preventivo (CIP) y Centro Transitorio (Cetra), lo que implicó el traslado de ciertos jóvenes a otras ciudades.

No obstante, el 2 de diciembre del año pasado, la directora del I.C.B.F. informó que el operador antes mencionado, a partir del 16 de diciembre de 2021 no continuaría con la operación de las modalidades privativas CIP y Cetra, ante la presencia de un desequilibrio financiero, la baja capacidad de los centros en su infraestructura, junto con los riesgos de las personas que trabajan en el lugar y el peligro para la comunidad.

Ante esta situación, le corresponde a la Alcaldía de Ibagué el funcionamiento del Centro Transitorio, sin embargo, le señalaron al Procurador, que no podía asumir el funcionamiento del (Cetra) por inconvenientes de contratación, falta de personal y por considerar que no existe norma que le asigne tal responsabilidad.

Asimismo, el Procurador señaló que, también le pidió a la Alcaldía adelantar las medidas necesarias para que esos centros para adolescentes siguieran funcionando, colaborando con la readecuación y remodelación del Instituto Politécnico Luis A. Rengifo, pero no obtuvo respuesta.

 

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Credito
Redacción El Nuevo Día.

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